
El Tribunal Supremo ha rechazado los incidentes de nulidad presentados por el Ayuntamiento de Pontevedra y la Abogacía del Estado contra la resolución judicial que avaló la permanencia de Ence en los terrenos de Lourizán, en la ría de Pontevedra, y que, en concreto, iban dirigidos a la concesión de la prórroga.
De esta forma, la sección quinta de la Sala de lo Contenciso-Administrativo del alto tribunal ha comunicado a las partes afectadas la resolución adoptada, en la que se apunta que no procede la nulidad del fallo anterior.
Esta resolución cierra la vía abierta ante el Supremo, pero sigue abierta la posibilidad de continuar ante el Tribunal Constitucional.
El pasado mes de febrero, el Alto Tribunal estimó los recursos presentados por Ence y otras entidades contra las sentencias de la Audiencia Nacional que anularon la prórroga que determinaba la continuidad de la factoría en la ría de Pontevedra hasta el año 2073.
Informes favorables
Con esta decisión, corrigió la sentencia de la Audiencia Nacional, que había anulado la prórroga concedida el 20 de enero de 2016 por el Gobierno que dirigía entonces Mariano Rajoy, que otorgaba a Ence una prórroga de 60 años de la concesión de ocupación de una franja de dominio público marítimo terrestre destinada a la fábrica de pasta de celulosa en Pontevedra.
En esa resolución de febrero, el Supremo considera que se pueden prorrogar las concesiones anteriores a la Ley General de Costas de 1988, como es el caso, "siempre que consten informes medioambientales favorables". En el asunto analizado, remarca, "constaban informes favorables de la Administración en esa materia".
Ambas instituciones, Concello de Pontevedra y Abogacía del estado, han sido condenados, además, a abonar las costas judiciales, cuantía estimada en 300 euros.