Franquicias

La franquicia: solo 242 sentencias en seis años

Jordi Ruiz de Villa y Luisa Mauset en la presentación del Observatorio de la Jurisprudencia de Franquicias en España.

El 64,8 por ciento de los procedimientos han sido instados por los franquiciadores. La mayoría de denuncias son por el impago de 'royalties', vulnerar la no competencia postcontractual o la imposición de proveedores

Dos no son multitud, pero bastan para una batalla. La franquicia se basa en una relación comercial por la que una empresa, el franquiciador, cede a un tercero, el franquiciado, su saber hacer y marca a cambio de una compensación económica. Son dos partes las que conforman una franquicia. Una pareja cuya relación muchos comparan incluso a la de un matrimonio y en la que, a veces, pueden surgir roces. No muchos. Los datos demuestran que son anecdóticas las nupcias de franquicias que acaban interpretando La Guerra de los Rose. Este sistema comercial protagonizó un total de 242 sentencias entre los años 2012 y 2017. De esta forma, el grado de ligitiosidad de la franquicia arroja un porcentaje medio del 0,08 por ciento. Las cuestiones más recurrentes que acaban en los tribunales tienen que ver con la reclamación de la nulidad del contrato por vicios en el consentimiento del franquiciado, así como incumplimientos por parte del franquiciador por no prestar asistencia técnica, o incumplimiento del franquiciado (pago de royalties, vulnerar la no competencia postcontractual o imposición de proveedores).

Así se desprende de la segunda edición del Observatorio de la Jurisprudencia de Franquicias en España, un estudio estadístico que ofrece una radiografía cuantitativa y cualitativa sobre el nivel de litigiosidad que existe en materia de franquicia en nuestro país. Durante los seis años analizados el número de resoluciones dictadas es relativamente estable, produciéndose entre 39 y 45 por año, con la única excepción del ejercicio 2015, en el que el número de sentencias descendió a 33. En cuanto a las sentencias, 234 fueron dictadas por las Audiencias Provinciales, siete por el Tribunal Supremo y una por el Tribunal General de la Unión Europea.

El informe, elaborado por el Comité de Expertos Jurídicos de la Asociación Española de Franquiciadores (AEF) en colaboración con el Grupo Cooperativo Cajamar, señala que probablemente existen más controversias que las judiciales, pero el hecho de que las partes no acudan al auxilio judicial para resolver sus diferencias demuestra que los sistemas de mediación, negociación y/o conciliación tienen éxito y permiten resolver sus diferencias de forma razonable. Algo que pone en valor "la madurez, consistencia y solidez del sistema de franquicia en España", apuntó la presidenta de la AEF, Luisa Masuet, durante la presentación del estudio.

El franquiciador es quien más echa mano de los tribunales. El 64,8 por ciento de los procedimientos han sido instados por ellos y el 35,2 por ciento restante por los franquiciados. El porcentaje medio de resoluciones favorables al franquiciador es del 67,95 por ciento.

El presidente del Comité de Expertos Jurídicos de la AEF, Jordi Ruiz de Villa, señala que las Audiencias Provinciales han fallado en 234 ocasiones sobre aspectos relacionados con este modelo de negocio. Resolviéndose 159 de ellas a favor del franquiciador. Por otra parte, Ruiz de Villa destaca que "la cantidad de sentencias tiende a disminuir, a causa de un menor número de demandas instadas por el franquiciador, mientras que las instadas por los franquiciados se mantienen estables". En términos absolutos, el número de procedimientos iniciados por el franquiciador tiende a reducirse, pasando de 27 en el año 2014 a 22 en 2017, mientras que el número de demandas instadas por el franquiciado se mantiene estable, en el entorno de 16. De ahí que, habiendo una disminución total de sentencias, el porcentaje de procedimientos instados por el franquiciado aumente.

Los sectores de actividad que presentan una mayor litigiosidad son los de hostelería-restauración y moda con un total de 45 procedimientos durante el periodo analizado. Junto a ellos se sitúa el de las marcas de servicios financieros, con 17 procedimientos. Ruiz de Villa apunta que es normal que restauración y moda sean los que mayor número de litigios hayan protagonizado puesto que son también los que cuentan con el mayor número de enseñas y franquiciados. No así el de servicios financieros, que presenta un anómalo grado de litigiosidad, un 7,26 por ciento de los litigios provienen de este sector.

Por otra parte, el presidente del comité de expertos jurídicos de la AEF señala que se ha creado muy poca jurisprudencia en el tema de la franquicia otro apunte que señala que "el sistema se autorregula muy bien, es muy poco conflictivo". De los 15 casos que intentaron acceder al Tribunal Supremo, ocho fueron inadmitidos, mientras que siete terminaron dando una sentencia de fondo. El Tribunal Supremo de la Unión Europea dicto una única sentencia de 2013. Ésta hace referencia a si el lugar desde el dónde se prestan los servicios de franquicia tiene que ver con el lugar concreto en que se prestan los servicios, el local, o con el territorio en el cual pueden venderse todos los bienes o servicios en virtud del contrato de franquicia. El tribunal falló señalando que se refiere al lugar concreto.

Entre las sentencias dictadas durante este periodo esta la conocida ya como sentencia Foster's. La jurisprudencia es mayoritaria en el sentido de que el contrato de franquicia no otorga una promesa de resultado al franquiciador, pero la sentencia Foster's' de la Audiencia Provincial de Ávila, de junio de 2015, determinó que el franquiciador había infringido su deber de otorgar una información precontractual veraz y real, ya que los resultados que facilitó al franquiciado, eran imposibles de obtener. De esta forma, el Tribunal estima que el franquiciador no podía exigir el cumplimiento del contrato o su resolución ya que él había incumplido previamente una obligación esencial. Otra sentencia sobre la que se puso el foco de atención es la emitida por la Audiencia Provincial de Valencia el pasado año en la que se hace responsable tanto al franquiciador como al franquiciado de determinados daños causados a una paciente en el marco de una intervención de cirugía estética. La paciente reclamaba frente al franquiciador por responsabilidad médica.

WhatsAppFacebookFacebookTwitterTwitterLinkedinLinkedinBeloudBeloudBluesky