
La industria del videojuego logró superar el pasado año los 1.000 millones de euros en facturación, lo que supone un incremento del 8,7% respecto a 2014, según la Asociación Española del Videojuegos. Pese a estas abrumadoras cifras, que evidencian la importancia del sector, los videojuegos son todavía uno de los grandes olvidados en la legislación de propiedad intelectual. Más noticias en la revista gratuita elEconomista Franquicias y Emprendedores
Ni una sola mención de los videojuegos se realiza en la Ley de Propiedad Intelectual, al contrario de lo que ocurre con otras obras como las audiovisuales, las composiciones musicales o los programas de ordenador. Es cierto que dicha ley protege cualquier obra literaria, artística o científica. No obstante, una regulación específica se muestra necesaria para cubrir las necesidades de un sector en auge.
Los videojuegos son obras complejas compuestas por distintas partes, entra las que se encuentran el software, las imágenes, el guión, los personajes y la música. En este sentido, la legislación en España confiere a cada una de dichas partes protección por separado. Sin embargo, la cuestión de cómo proteger el videojuego como un todo se encuentra insuficientemente resuelta, causando inseguridad y perjudicando a la industria.
A pesar de que hay voces que defienden que los videojuegos sí cuentan con una legislación específica, bien tratando de encasillarlos en las obras audiovisuales, bien en los programas de ordenador, lo cierto es que en ninguna de ellas tienen cabida. Esto es así, en primer lugar, ya que las obras audiovisuales están definidas como destinadas esencialmente a ser mostradas, mientras que los videojuegos están destinados a la interacción con el jugador. Por otro lado, tampoco encuentran su encaje como programas de ordenador, puesto que en esta solo se comprenden las líneas de código, quedando desprotegidos elementos tan esenciales como la música, el guión o los personajes.
Esta problemática, que podría parecer teórica y sin relevancia para las empresas de videojuegos, se muestra crucial a la hora de determinar qué papel juegan en la creación de los mismos, qué derechos les corresponden y cuáles necesitan obtener para la explotación económica.
Derechos de explotación
Son las empresas las que invierten recursos para la creación del videojuego y, por lo tanto, deberían tener asegurados los derechos de explotación sobre el resultado de su inversión. Esto se facilitaría con un régimen específico para los videojuegos que contemplase una presunción de cesión de los derechos a favor del productor, como ya se hace en las obras audiovisuales. Asimismo, teniendo en consideración las distintas creaciones que componen un videojuego, es complejo determinar qué sujetos merecen ser considerados autores. Es necesario poner sobre la mesa la cuestión de si se debería o no indicar por ley, como en el caso de las obras cinematográficas, quienes son los autores o si, por el contrario, es conveniente analizar caso por caso qué contribuidores en la creación del videojuego merecen tal consideración.
Ante la falta de una legislación específica, para lograr blindar legalmente un videojuego desde Metricson recomendamos separarlo en las distintas partes. El software es una de ellas, así es importante celebrar contratos de cesión de los derechos sobre lo creado, tanto con empleados como con freelances. Asimismo, es aconsejable efectuar escrow o registro notarial del código del software o inscribirlo en el Registro de la Propiedad Intelectual.
Otra parte a tener en cuenta son los elementos audiovisuales, ya que un videojuego cuenta con imágenes, escenarios, vídeos, música y sonidos. Por ello es necesario regular la cesión de los derechos de explotación por parte de los creadores en favor de la productora del videojuego desde la fase de preproducción. Por otro lado, no hay que olvidar el guión o storytelling, pues casi todo videojuego es también una obra literaria con una narrativa interna y con diálogos entre los personajes. La importancia del guión puede resultar fundamental en procesos de merchandising. Es conveniente por ello, además de suscribir acuerdos de cesión de derechos, efectuar el registro del guión en el Registro de la Propiedad Intelectual. En el caso de los personajes, a medida que los creadores dan vida a uno de ellos, el videojuego va tomando una serie de rasgos esenciales que darán lugar a su carácter único: un nombre, una apariencia física, determinadas habilidades u objetos. En este caso, el personaje encontrará su protección mediante una combinación de derecho de autor, marcas y competencia desleal. Es recomendable efectuar el registro del personaje en el Registro de la Propiedad Intelectual. Asimismo, el nombre, su apariencia física e incluso algún sonido distintivo que emita, pueden ser registrados como marca. Esta protección podrá prevenir que terceros realicen réplicas del personaje.
Marca
En cuanto a la marca, gran parte de las ganancias de una empresa de videojuegos pueden venir de la venta de productos asociados al mismo. Un videojuego tendrá un logo, un título, una imagen de portada, personajes con nombre, sonidos que lo identifiquen, etc., elementos que deben protegerse como marca.
Otro aspecto a tener en cuenta son los derechos de imagen. Muchos videojuegos han empezado a utilizar la voz, la imagen o incluso los nombres de personas reales, y esto requiere un minucioso proceso de cesión de los derechos de imagen por medio de contratos. Pensemos, por ejemplo, en la imagen de los jugadores en los videojuegos de fútbol.
Por último algunas de las interfaces del videojuego tendrán como modo de protección más adecuado el derecho del diseño.
Desde luego, diseccionar parte por parte el videojuego no es un escenario óptimo para la protección del mismo. A la luz de la importancia que cobra a lo largo de los años esta industria y, ante la inseguridad que genera la carencia de una regulación adecuada, es necesario abrir un debate con el objetivo de establecer un régimen específico. Solo a través de esta opción se podría dar respuesta a cuestiones como qué tipo de relación se establece entre los autores y la empresa productora, quiénes son esos autores y cómo se protege el videojuego como una obra única.
Es ilustrativo que, pese a la importancia económica que va adquiriendo el sector, no exista por el momento una entidad de gestión de sus derechos, tal como tienen otras industrias como -entre otras- la de la música y la del cine.
Este debate debe ser liderado por el sector del videojuego, que debe articular y aunar esfuerzos para proteger legalmente sus intereses.
Carlota Corredoira, abogada de Metricson, especialista en derecho digital y propiedad intelectual