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Banca: nuevas propuestas de la UE de protección al cliente en caso de quiebra

La Comisión Europea propondrá hoy reducir a siete días el plazo máximo en el que un Estado miembro estará obligado a pagar a los ahorradores el depósito mínimo garantizado en caso de quiebra de una entidad financiera, que asciende en la mayoría de países de la UE, entre ellos España, a 100.000 euros.

Según informaron fuentes comunitarias, en la actualidad la legislación comunitaria y la española fijan un plazo máximo de tres meses para recuperar el dinero. A finales de 2010, este plazo deberá reducirse a entre cuatro y seis semanas. El nuevo plazo de siete días se aplicaría a partir del 31 de diciembre de 2013.

Los fondos de garantía de depósitos seguirán siendo financiados por los bancos, pero las contribuciones se calcularán según el nivel de riesgo de cada entidad. El Ejecutivo comunitario quiere que hasta un 75% de estos fondos esté prefinanciado ex ante de aquí a 2020. Si resulta necesario utilizarlos, las entidades tendrán que realizar más pagos para cubrir el 25% restante. Si ello no es suficiente, se buscarán otros mecanismos de financiación como la emisión de bonos.

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