
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Andalucía muestra su preocupación "por las incidencias que se están registrando en la implantación de la comunicación telemática en los juzgados y tribunales del territorio". Sin embargo, considera que "la suspensión del sistema no puede ser acordada unilateralmente por los decanos o jueces del territorio, ya que supone una contravención de una disposición legal de obligado cumplimiento".
La Sala de Gobierno del TSJ indica que "la suspensión del sistema de presentación telemática de escritos, obligatorio desde el 1 de enero del presente año, supone una contravención de una disposición legal de obligado cumplimiento".