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Estrasburgo autoriza la muerte asistida de un ciudadano francés

Foto: Archivo

El Tribunal de Europeo de Derechos Humanos ha resuelto hoy por mayoría, y en una sentencia pionera, que no hay violación del Convenio de DDHH -derecho a la vida- en la retirada de nutrición artificial e hidratación a un paciente en estado vegetativo. 

En concreto, el Alto Tribunal entiende que no se vulnera el artículo 2 del Convenio -derecho a la vida- al resolver el caso de un ciudadano francés de 38 años que ha estado hospitalizado desde el año 2008 en estado vegetativo por un accidente de moto.

El Tribunal de Estrasburgo rechaza la petición de sus padres y hermanos que recurrieron la decisión del Consejo de Estado -máxima instancia administrativa de Francia- que autorizó en 2014 a dejar de mantenerle artificialmente tal y como pedía su esposa, otros de sus hermanos y sus médicos, en base a la ley francesa denominada Leonetti.

Con todo, el fallo constata que ?no hay consenso? entre los 47 países miembros del Consejo de Europa, por lo que considera que ?hay lugar para otorgar un margen de apreciación a los Estados?. 

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