El Tribunal Supremo ha declarado nulo el artículo 9 de la orden ministerial por la que se revisan las tarifas eléctricas a partir de enero de 2009.Con ello, el Supremo sentencia que no es posible incluir en la tarifa eléctrica el coste de la financiación de planes de ahorro y eficiencia energética.
El fallo del Supremo se deriva del recurso contencioso-administrativo entablado por la Asociación Española de la Industria Eléctrica (Unesa) el pasado mes de diciembre. De este modo, el tribunal ha dado la razón a la patronal eléctrica en este recurso.
A juicio de Unesa, la inclusión de dicho coste a cargo de la tarifa infringe varios artículos de la Ley del Sector Eléctrico, en los que se establecen los únicos conceptos que pueden ser pagados por la tarifa.
La patronal considera que el importe de la tarifa sólo puede ir destinado al pago de los conceptos legalmente establecidos (costes de producción, peajes por transporte y distribución, costes de comercialización, costes permanentes del sistema y costes de diversificación y seguridad del abastecimiento).
Según alega Unesa, "los planes de ahorro y eficiencia energética afectan a los consumidores de energía eléctrica, razón que explica que la ley no contemple la posibilidad de imputación de sus costes a la tarifa en general".