Los afectados de Air Comet podrán reclamar en el concurso voluntario de acreedores sin necesidad de letrado ni procurador, gracias a un modelo confeccionado previamente y que estará disponible en cuanto se tengan todos los datos del proceso, informó hoy el Consejo de Consumidores y Usuarios (CCU).
Una vez el Juzgado de lo Mercantil número 8 de Madrid declare el concurso, de acuerdo con el procedimiento previsto por la Ley Concursal, y tras publicarse en el BOE el concurso, así como el nombramiento de los administradores, los acreedores contarán con un mes para realizar la reclamaciones correspondientes.
En la comunicación que se presente en el juzgado deberán figurar nombre y apellidos de los afectados, domicilio a efectos de notificaciones, NIF, u otro documento de identificación, concepto de la deuda, y cuantía.
Asimismo, deberán adjuntarse los documentos originales o copias autenticadas que justifiquen la deuda (billete en el que conste el importe y en su caso documento de pago).