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Una sentencia permite a los municipios anotar embargos fuera de sus límites

Una sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante permite a los ayuntamientos anotar los embargos de bienes situados fuera de su término municipal, ya que revoca una resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado en la que se rechazaba esa facultad.

La Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) se ha congratulado este martes, en un comunicado, de este fallo, hecho público tras el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Jávea contra la citada resolución de la Dirección General.

Tras el fallo, los ayuntamientos podrán solicitar la anotación preventiva de embargo de bienes que están ubicados en otros municipios, es decir, que en el Registro de la Propiedad donde está registrado ese bien podrán anotar que sobre él pesa una demanda de embargo.

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