Fiscal

La evasión fiscal ha de ser motivo secundario de una operación para usar el régimen especial

La Ley del IS exige que la existencia de evasión fiscal haya sido el objetivo principal que ha motivado una operación de fusión, por lo que a sensu contrario, si se prueba que los motivos principales han sido económicos y lo accesorio resulta la evasión fiscal, se deberá admitir la aplicación del régimen especial, según sentencia de la AN, de 23 de diciembre de 2010.

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