
Un examen de las decisiones de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) conduce a la fatal conclusión de que España es un país cartelizado. Es decir, un país en el que muchas actividades empresariales se organizan con el objetivo de mejorar sus resultados en perjuicio de los consumidores, de otras empresas, de las administraciones públicas y, en general, del conjunto de la economía. De ahí la gravedad de este tipo de conductas y la necesidad de que sean perseguidas sin compasión.
En cualquier caso, gracias a las normas de defensa de la competencia, a la actividad de las Autoridades y al falso arrepentimiento de los chivatos, muchos cárteles han sido detectados, sacados de la oscuridad, examinados y sancionados. Sin embargo, en el estado actual de las cosas, las penas, con frecuencia, no son disuasorias.
Los cartelistas, como los piratas, no benefician a la sociedad, se organizan jerárquicamente, toman las decisiones conjuntamente y se dedican a extraer recursos de los demás para repartirlos entre ellos. Su actividad se mueve en sentido inverso al riesgo. Terminar con la piratería supone costes pero también genera mayores beneficios. Justo lo mismo que sucede con la lucha contra los cárteles. Tal lucha es una buena inversión para el conjunto de la sociedad.
Un ejemplo de lo dicho se refleja en la reciente Resolución de la CNMC del pasado día 26 de mayo. Se trata de una resolución bien argumentada que sienta las bases para estimar los efectos del cártel. Aclara el procedimiento de determinación de los beneficios ilícitos pero no los cuantifica; algo que puede hacerse con una aproximación razonable. Un paso más, relevante, pero no el último. Quizá asusta la magnitud de dichos beneficios -"el sobreprecio se aproximó al 100%"- y los efectos que conlleva la imposición de una sanción que debe "fijarse en un nivel suficientemente disuasorio" (Tribunal Supremo, sentencia de 29.01.2015). Aunque abrume.
En síntesis, el cártel al que se hace referencia consistió en un conjunto de acuerdos entre un grupo de empresas fabricantes de absorbentes de incontinencia de orina (AIO) y la asociación que los agrupaba. Se trata de un cártel de ocho empresas que abusaron de su posición de dominio amparada en su cuota conjunta del 95% del mercado afectado. Empresas y asociación estaban presentes en el mercado de la comercialización de los AIO financiados por el Sistema Nacional de Salud (SNS) destinados a pacientes no hospitalizados. El objeto de los acuerdos era fijar el precio de venta de laboratorio de los AIO comercializados.
Todos ganaban y los boticarios sumaban a los beneficios procedentes de su posición privilegiada los extraordinarios procedentes de la venta de AIO. Adicionalmente, los cartelistas fomentaron el mantenimiento de la dispensación exclusiva de los AIO a través del canal farmacéutico mediante el uso de recursos y otras artimañas para retrasar o impedir su suministro a través del canal institucional mediante licitaciones públicas. Dicha conducta tuvo una duración aproximada de 18 años. Por ello sorprende la falta de celo de los responsables del SNS y nos asombraría conocer la suma de los beneficios extraordinarios ilícitos obtenidos por unos u otros. Y, por supuesto, el coste extra para el propio SNS.
Lógicamente, en su cálculo de riesgo las empresas toman en cuenta las decisiones de la CNMC y la probabilidad de ser detectadas. En este caso, siendo grave la conducta y extensa la vida del cártel, a pesar de que la sanción pueda alcanzar hasta el 10% de la cifra total de ventas, no ha superado el 7,10% con un mínimo del 5,30%. Menores sanciones suponen menor riesgo y más cárteles. Además, las sanciones a las personas físicas declaradas responsables son testimoniales.
Otro sí: a la principal empresa del cártel, sancionada con 68.547.575 euros, se la exime del pago correspondiente merced a su actitud delatora que le ha permitido obtener apreciables ventajas competitivas sobre sus rivales, dos de los cuales han sido sancionados con 35 y 13 millones, respectivamente.
En definitiva, una buena resolución que abre la puerta al procedimiento para fijar las sanciones con rigor, pero que pone de manifiesto la falta de celo de la administración sanitaria y la insuficiente capacidad disuasoria de la sanción, acaso por el temor que supone la posible desaparición de alguna empresa.
Me quedo con la sensación de que los cartelistas han hecho un buen negocio. Espero que el SNS reclame la correspondiente compensación por el daño recibido para contribuir a reforzar el necesario efecto disuasorio de la resolución.