Firmas

Para qué sirve el delito fiscal

  • Solo hay 154 personas en prisión por defraudar, el que paga se libra
  • El delito por fraude es una figura decorativa, a pesar de las reformas

Resulta sorprendente el caso del chaval sevillano que recientemente ha sido condenado a cumplir una pena de seis meses de cárcel por robar hace ocho años una bicicleta del servicio público de alquiler en Sevilla. Con una condena de esa envergadura para un delito como ese, los ciudadanos podrían pensar que todos los condenados por delito fiscal, para los que se contempla una pena mínima de un año, formarán parte de las más de 64.000 personas que cumplen prisión en las cárceles españolas. Nada más lejos de la realidad, ya que en España solo hay 154 personas en prisión condenados por delito fiscal.

Como en otras muchas materias, también en el ámbito penal existen diferentes varas de medir. Explicándolo sin tecnicismos se puede decir que en el caso del delito fiscal el que paga se libra de entrar en prisión. Esta es la situación actual después de las reformas del Código Penal de los últimos años que, en teoría, pretendían endurecer las penas como respuesta a la amnistía fiscal que se aprobó en 2012.

Según la redacción actual del Código Penal, con las modificaciones introducidas por la Ley Orgánica 7/2012, aquel que ha cometido un delito fiscal, si paga antes de que lo llamen, se considera que el delito no se ha llegado a cometer, algo que no sucede en otro tipo de delitos. Antes de la reforma, se consideraba que, aunque se pagara la cuota defraudada, el delito como tal se había cometido y el pago se consideraba como una excusa absolutoria.

El cambio realizado produce un efecto muy beneficioso para los defraudadores, porque también se libran del delito de blanqueo de capitales, para el que se necesita que ese dinero y bienes procedan de una actividad delictiva previa. Por tanto, sin con el pago de la cuota se considera que no se ha cometido un delito fiscal, legalmente no puede haber blanqueo de capitales. Así de simple.

Casualmente todos estos cambios han beneficiado a muchos de los que están siendo investigados en casos de corrupción y que llegaron a acogerse a la amnistía fiscal aprobada por el Gobierno en el año 2012, ya que al pagar la cuota no se les puede perseguir, tampoco por blanqueo de capitales. ¿No chirrían todos estos beneficios con la situación del ladrón de bicicletas?

Pero los regalos no terminan ahí. Con la última reforma, desde enero de 2013 se contempla también que incluso en el supuesto de que la Administración haya citado, comprobado, y haya remitido al Juzgado el expediente por delito fiscal, el defraudador tiene la oportunidad de que le rebajen la pena uno o dos grados si paga en el plazo de dos meses desde que reciba la citación judicial.

Esa rebaja de pena supone que no ingresará en la cárcel e, incluso, que las sanciones puedan ser inferiores a las que le impondría la Administración si efectuara las liquidaciones en la vía administrativa. Sencillamente, no se entiende tanto trato beneficioso si estamos hablando de un delito.

Si quisiéramos sacar de todo esto algo positivo, siempre nos quedará el consuelo de que de vez en cuando se dé la misma situación que con el famoso gánster Al Capone, que en 1931 fue condenado a once años de prisión y 50.000 dólares de multa por fraude fiscal, ya que la Justicia no consiguió pruebas para condenarlos por sus actividades delictivas.

La Justicia estadounidense lograba así incriminar al líder mafioso más reconocido y perseguido del momento por un delito de evasión de impuestos que pudieron demostrar a través de recibos que le relacionaban con el juego ilegal. En España y en el siglo XXI, ya se ha producido la condena de algún político con las mismas características.

Los delitos fiscales denunciados por parte de la Agencia Tributaria en los últimos años se han reducido significativamente. Según figura en las memorias de la Aeat, en 2007 se denunciaron en los Juzgados 726 expedientes, con una cuota defraudada de 863 millones de euros, cifra que ha ido disminuyendo año tras año hasta llegar a 391 expedienes, con una cuota defraudada de 395 millones de euros, en el año 2014.

Con todo ello se puede sacar una lamentable conclusión, y es que el delito fiscal en nuestro país ha sido y sigue siendo una figura decorativa, y ello a pesar de las últimas reformas.

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