Firmas

Lo que falta en la reforma de la Ley General Tributaria

  • Los Inspectores de Hacienda piden la creación de una policía fiscal

El 91% de los ciudadanos opina que en la última década el fraude fiscal se ha incrementado desde 2007 cuando dicho porcentaje era del 51%, según se refleja en el último documento sobre Opiniones y Actitudes Fiscales de los Españoles del Instituto de Estudios Fiscales. Porcentajes similares se reflejan en documentos de otros organismos.

En un informe reciente de la Unión Europea se cuantifica en más de 12.000 millones de euros anuales la pérdida de recaudación, solo en el IVA. La OCDE en un informe sobre los recursos destinados a la lucha contra el fraude señala que España se encuentra a la cola de países en cuanto a los recursos destinados a ese fin.

Se podría seguir citando cifras y documentos, pero el resumen de la situación es que el enorme fraude fiscal y economía sumergida que existe en España no se ha reducido de forma sustancial en los últimos años. Las causas, enumeradas hasta la saciedad en documentos de los Inspectores de Hacienda, son muchas, pero las más importantes se refieren a la falta de medios materiales y legales. Vamos a examinar estos últimos, y si la reforma de la Ley General Tributaria (LGT) los proporciona.

Los Inspectores de Hacienda solicitábamos que entre las reformas legales se aprobara la creación de una policía fiscal y se demandaban mayores facultades legales para combatir el fraude de carácter delictivo y organizado, el más difícil de combatir. Entre esas facultades se pedía la reforma de los procedimientos tributarios, ineficaces para ese objetivo, por lo que es necesario la creación de un procedimiento especial, dentro de la Ley General Tributaria.

Se demandaba también la creación de un registro de contribuyentes en situaciones especiales, aquellos que se burlan a diario de la inspección, como son los ilocalizados y los que incomparecientes reiterados, y que figurar en ese registro tuviera graves consecuencias en el tráfico jurídico y mercantil.

Otras reformas solicitadas eran la regulación de las competencias para investigar el blanqueo de capitales asociado al delito fiscal; la posibilidad de actuar de incógnito, una medida que tanto éxito da en otros países y que en España se ha aprobado para las actuaciones de los Inspectores de Seguros, dependientes también del Ministerio de Hacienda; o la regulación clara del domicilio fiscal en el caso de entidades jurídicas, ya que actualmente los Inspectores de Hacienda tenemos que pedir permiso para acceder a la empresa. Se ha solicitado también el reforzamiento de la denuncia tributaria, contemplando el pago a confidentes, medida que ha dado unos resultados extraordinarios en Estados Unidos y que también se utiliza en países como Alemania.

En el aspecto sancionador se ha solicitado que se contemple como infracción tributaria, o incluso delito en los casos más graves, el ofrecimiento de servicios y productos destinados al fraude, contemplando expresamente la responsabilidad de los despachos o entidades financieras que los promuevan. En este sentido, hay que considerar como una medida positiva la posibilidad de sancionar ahora la ingeniería fiscal, técnicamente llamada inadecuadamente conflicto en la aplicación de la norma.

En el proyecto inicial de la LGT de 2003 se definía ya como abuso en la aplicación de la norma, y se sancionaba siempre. Hemos perdido muchos años de sancionar las conductas -como se define en la propia Ley- de no pagar impuestos mediante actos o negocios que sean notoriamente artificiosos o impropios para la consecución del resultado obtenido y que tengan como fin principal el ahorro fiscal.

Podría seguir enumerando una lista amplia de medidas que se habían solicitado pero que no figuran en la reforma definitiva de la LGT aprobada. Si examinamos otras reformas paralelas ya aprobadas, como la del Delito Fiscal en la que se contempla que quien pague la deuda se podrá librar de la cárcel, o la de publicar la lista de morosos o de defraudadores, pero que no figuren en ellas los que previamente paguen, se llega a la conclusión de que son medidas destinadas a conseguir dinero en caja, pero su objetivo principal no es la lucha contra el fraude.

Por último, no me resisto a decir que esa filosofía de conseguir dinero en caja se ha trasladado también a los objetivos anuales de la Agencia Tributaria, siendo muchas veces perjudicial para el objetivo principal que es la lucha contra el fraude, y que sigue siendo la verdadera asignatura pendiente. Lamentablemente se puede decir que con esta reforma de la Ley General Tributaria seguiremos en la misma situación.

WhatsAppFacebookFacebookTwitterTwitterLinkedinLinkedinBeloudBeloudBluesky