
El nuevo sistema de liquidación del IVA mejorará la liquidez, pero su aplicación ofrece dudas.
Este viernes, 26 de abril, el Consejo de Ministros ha dado un nuevo impulso para el cumplimiento de uno de sus más explícitos compromisos electorales: la aprobación de una Ley de Emprendedores para nuestro país. Es cierto que llega tarde y algo desflecada y debilitada.
Tarde porque dos años de retraso, que será el tiempo efectivo en el que verá la luz tras el trámite parlamentario, es un tiempo perdido muy estimable. Es cierto que las leyes no hacen milagros, pero una buena parte de nuestros emprendedores hubieran puesto en marcha sus proyectos en unas condiciones mejores si el marco legal les hubiese animado y protegido.
Desflecada porque en este tiempo se han venido aprobando leyes equivalentes en las comunidades autónomas, con más voluntad que acierto, y de una escasa proyección. Por lo que nos encontramos ya con una diversidad no aconsejable y una cierta incertidumbre para sus potenciales beneficiarios, los propios emprendedores.
Debilitada porque muchas de las medidas que debieran ser su espina dorsal han sido ya contempladas de forma parcial en otras normas, como el Real Decreto Ley de Apoyo al Emprendedor e Impulso de la Actividad Económica, que, estando ya en vigor, se encuentra en trámite parlamentario.
La multiplicidad de normas ahonda en el desconcierto y en la ineficacia de las mismas. Pero con todo, bienvenida sea la nueva ley si realmente viene a cubrir los vacíos todavía no cubiertos, y deseamos que acierte en la definición de las medidas.
Repasemos algunas de ellas con sus luces y sus sombras. La más conocida y esperada es el cambio en el sistema de liquidación del IVA, haciendo posible que el obligado tributario ingrese este impuesto en el momento efectivo del cobro de las facturas emitidas y no en el momento de su devengo.
Sin duda el nuevo sistema mejorará la liquidez de algunas empresas y en particular de autónomos, pero su aplicación práctica ofrece dudas. Las empresas, tanto proveedoras, como clientes, tendrán que hacer modificaciones importantes en sus sistemas contables y de gestión, ya que la aplicación del principio de caja obliga a que el cliente pendiente de pagar utilice el mismo sistema, es decir, no se podrá compensar el IVA soportado hasta que no haga efectivo el pago. Muchas grandes empresas pueden aplicar lo que podríamos denominar una "selección negativa de proveedores", es decir, aceptar tan solo los servicios de aquellas empresas que sigan en el sistema de devengo, con lo que podrían pervertir el objetivo trazado.
También se nos anuncia una medida "espectáculo": la de constituir una empresa a un mínimo coste (40 euros) y en veinticuatro horas. Sin embargo de la literalidad de la propuesta no llegamos a descubrir su virtualidad. El 80 por ciento de los emprendedores nacen como autónomos y será el devenir del proyecto empresarial el que aconseje modificar sus estructuras jurídicas y económicas. El alta en Hacienda y Seguridad Social de los autónomos no tiene coste directo.
Cuestión distinta es abordar el pago de las primeras cuotas, que representan un gasto desproporcionado en relación con las expectativas de ingresos de muchos emprendedores. Bastaría con extender al resto de los nuevos autónomos las medidas previstas para jóvenes con una tarifa mínima en los primeros seis meses, compatible además con el cobro de la prestación por desempleo.
También estamos esperando las propuestas que permitan mejorar la responsabilidad patrimonial de empresarios individuales y trabajadores autónomos. Como no parece que sea fácil abordar este problema a través de cambios en legislación civil y mercantil, el Ejecutivo parece que se inclina por una inembargabilidad limitada de bienes y activos vinculados a la vida familiar o de supervivencia, como ya existe para asalariados y pensionistas. Bienvenida sea la iniciativa adoptada, aunque puede quedar algo limitada.
Acertará el nuevo proyecto de ley si promociona efectivamente la educación emprendedora desde la escuela a la universidad. A medio plazo será la medida más práctica para hacer que emprender en España no sea una acción de segunda categoría.
Pero al final, nos chocamos con el estrangulamiento financiero y la escasez de crédito. Si la ley no ofrece soluciones posibles y realistas sólo habrá emprendedores de corto recorrido. Mientras las líneas de crédito oficial sean solo accesibles con los mismos criterios de la banca comercial no tenemos soluciones.
Un sistema de microfinanciación con garantía del Estado y articulado en base a la viabilidad de los proyectos es la única vía que actualmente conocemos.