España

El juez del Alvia investiga al ex jefe de seguridad de Adif por supuestos delitos de homicidio y lesiones imprudentes

  • El juez ha acordado dirigir la investigación contra Andrés Cortabitarte
  • Así lo notificó el juez en un auto publicado el pasado 10 de marzo
  • El accidente de Angrois de 2013 se saldó con 80 muertos y 150 heridos
El tren de Alvia accidentado. Imagen: Reuters

El juez que instruye la causa por el accidente del Alvia ocurrido en julio de 2013 en el barrio compostelano de Angrois ha acordado dirigir la investigación contra Andrés Cortabitarte, entonces jefe de seguridad de Adif, como presunto responsable de los delitos de homicidio y lesiones por imprudencia grave.

Así lo ha notificado a las partes el titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Santiago, Andrés Lago, en un auto con fecha de 10 de marzo en el que determina que Cortabitarte "no cumplió" su cometido en relación con la elaboración del correspondiente análisis de riesgos en la línea de alta velocidad entre Ourense y Santiago. Por ello, y al no contar, en consecuencia, "que haya hecho u ordenado medida alguna destinada a evaluar y gestionar dicho riesgo", generó y toleró una situación de riesgo "que finalmente cristalizó" en el descarrilamiento, que "costó la vida y la salud a múltiples usuarios" aquel día.

El accidente de Angrois del 24 de julio de 2013 se saldó con 80 muertos y 150 heridos después de que el tren de alta velocidad descarrilara tras tomar una curva a más de 80 kilómetros por hora, una velocidad muy alta para un tramo advertido como peligroso; a bordo iban 220 pasajeros. Hasta el momento, el único imputado era el maquinista, José Garzón Amo.

"Lo que desde luego no podemos discutir es que la curva representaba un riesgo en sí misma", asevera el juez, quien destaca que "ese riesgo había sido detectado por la propia UTE -unión temporal de empresas, la encargada de construir la infraestructura- y por Ineco -la consultora ligada al Ministerio de Fomento-".

El magistrado añade que, después, ese riesgo "había sido comunicado a Adif explicitando las limitaciones del subsistema suministrado para mitigar o conjurar dicho riesgo y que, finalmente, por parte de Adif nada se hizo para evaluar y reducir dicho riesgo a parámetros de tolerancia conforme a las exigencias de las normas Cenelec".

"Todos han cumplido con su deber excepto quien, en última instancia, tenía la capacidad de decidir cómo gestionar el riesgo de descarrilamiento en curva por exceso de velocidad que finalmente fue la causa directa e inmediata del resultado", resalta.

En resumen, Lago Louro apunta que "existía una situación de riesgo", que dicho riesgo "era evidente", que "fue convenientemente detectado y comunicado" a Adif por la UTE e Ineco, y que "Adif tenía la obligación normativa y técnica de evaluar y gestionar dicho riesgo hasta hacerlo tolerable desde la óptica de las normas Cenelec".

Pero "Adif no cumplió con dicho deber", confronta, al no efectuar previa valoración integral de la línea "que protegiese a los usuarios frente al posible fallo humano". Esto, a su juicio, "en términos de contribución causal al resultado finalmente producido, equipara dicho incumplimiento a la imprudencia del maquinista que tenía el deber de conjurar y/o mitigar".

Decisión tomada por el peritaje de Mariñas

Para tomar su decisión de citar en calidad de investigado al que era jefe de seguridad de Adif en el momento del descarrilamiento del tren, en esta "segunda fase", el instructor se basa en los últimos informes periciales aportados a la causa, y en concreto, fundamentalmente, en el elaborado por el ingeniero César Mariñas.

Este experto, nombrado tras un sorteo y considerado por varias partes como el único independiente, determinó que no hubo análisis integral y que, si lo hubiera habido, el peligro en la curva de A Grandeira sería "más que evidente".

Con todo, el juez advierte que el hecho de que no hubo una evaluación de riesgos previa a la puesta en funcionamiento de la línea es una idea coincidente en todos los peritos, tanto los de la aseguradora QBE -de Renfe-, como en Mariñas y Juan Carlos Carballeira y Enrique Castillo Ron -toda vez que el de José Manuel Lamela se ceñía al material rodante-.

La divergencia entre el de Mariñas y el de Carballeira -a Castillo Ron le encargó un informe este último- estriba en si era o no necesaria esa evaluación de riesgos, normativa y técnicamente. Al respecto, el auto de Lago Louro indica que mientras Mariñas cree que sí, Carballeira "se limita a negar" la necesidad normativa pero "guarda silencio respecto del punto de vista técnico".

"Sorprendente", resalta el juez, "cuando lo que se espera de un perito es que sustente sus afirmaciones en razones de índole técnico, pues ese es esencialmente la razón de ser de su nombramiento". De ahí que valore la contestación de Mariñas como "más completa", y agrega que además es compartida por los peritos Heijnen y Catmur -los de la aseguradora de Renfe-y por Castillo Ron.

WhatsAppFacebookFacebookTwitterTwitterLinkedinLinkedinBeloudBeloudBluesky