
El Ministerio de Energía ha enviado a las comunidades autónomas sus principales propuestas sobre la regulación del nuevo bono social. Las eléctricas estarán obligadas a informar a los clientes de la posibilidad de acogerse al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) y de solicitar el bono social si se cumplen las condiciones de renta que se establezcan.
Asimismo, las comercializadoras no podrán penalizar el cambio desde el mercado libre al PVPC si el consumidor acredita que se trata de un cliente vulnerable. Las compañías deberán informar además de que al cambiarse al mercado libre se pierden los derechos de percepción del bono social.
La Administración fijará los umbrales de renta de acuerdo al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) que se ampliará para una seria de circunstancias especiales -como el grado de discapacidad- basadas en supuestos socioeconómicos.
Las administraciones tendrán que disponer en todo momento de un listado actualizado de los cortes de luz previstos para poder identificar los casos de riesgo y exclusión social.
La categoría de hogares vulnerables en situación de exclusión social será cuando las autoridades aporten ayudas que supongan un 50% de la factura, el suministro será declarado esencial y se cofinanciará junto con las comercializadoras eléctricas, impidiendo así el corte de suministro.
Las comercializadoras tendrán la obligación de realizar tres notificaciones antes de proceder a un corte de suministro. El aviso de impago se producirá ahora desde el primer momento por correo certificado, burofax o por medio telemático con firma electrónica. Con carácter general se podrá corta en un plazo de dos meses si no se ha efectuado el pago y si se trata de un cliente vulnerable acogido al bono social, el plazo será de cuatro meses.