
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la reforma de la tarifa regulada de electricidad -el llamado Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC)- que afectará a nueve millones de clientes, alrededor del 34% de todos los domésticos, y supondrá una importante reducción de la volatilidad de los recibos de la luz.
La nueva fórmula de cálculo entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2024 e incorporará parcialmente las señales de precio a largo plazo permitirá reducir la volatilidad de los precios de la electricidad. El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) cumple finalmente con las condiciones impuestas por la Comisión Europea para aprobar la denominada excepción ibérica con más de ocho meses de retraso.
El alza de precios y la volatilidad del mercado eléctrico diario e intradiario tuvieron el año pasado un impacto directo en los pequeños consumidores domésticos acogidos al PVPC (con una potencia contratada menor o igual a 10 kW). Esta traslación directa de la volatilidad y el encarecimiento de precios en la tarifa regulada se debe a que la metodología para establecer el coste de la energía emplea exclusivamente el precio del mercado diario e intradiario en cada hora.
La actual propuesta de Transición Ecológica reformula este cálculo con la incorporación de los precios de los mercados a largo y a medio plazo, además de mantener en cuenta la referencia de lo que ocurre en el pool diario.
Actualmente la tarifa regulada está disponible para pequeños consumidores con una potencia contratada inferior a los 10 kW, entre los que se incluyen aquellos con acceso al bono social eléctrico. Fuentes ministeriales afirman que la reforma concreta que sólo se podrán acoger hogares y micropymes, y que el bono social se mantendrá ligado al PVPC.
¿Cómo se calcula?
La nueva metodología de cálculo permite "indexar (al menos parcialmente) el PVPC a señales de precio de con un claro componente de largo plazo". Al mismo tiempo, se introducen productos de más corto plazo, "que permiten igualmente a las comercializadoras de referencia ajustar con mayor precisión su portfolio de energía a las verdaderas necesidades de suministro", según detalla el documento que se lanzó a información pública por el Miteco.
Concretamente, para la señal de precio a plazo, "el producto mensual suponga un 10% del total, el producto trimestral un 36%, y el producto anual suponga un 54%", recoge la propuesta. El mayor peso de la media anual permitirá dar estabilidad al precio resultante y suavizar las oscilaciones.
A su vez, la representatividad de la señal a plazo se incremente de manera gradual hasta 2025. El peso de la señal a plazo supondrá un 25% el primer año y incrementará hasta alcanzar un 55% en el año 2025, dejando el 45% restante para la señal diaria e intradiaria.
Según explican fuentes ministeriales, la reforma introduce un componente de prima de riesgo por volumen, lo que garantiza que las comercializadoras de referencia, que soportan la obligación de suministro de último recurso, no incurran en un desequilibrio económico que les lleve a la quiebra.