
A partir de ahora, los repartidores de Telepizza no estarán obligados a utilizar los datos de geolocalización facilitados a través de sus teléfonos móviles personales (conocido como proyecto Trucker), ni tampoco otro tipo de datos de uso privado, tal y como acaba de sentenciar la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional.
La demanda, presentada por FeSMC-UGT contra Telepizza, ha logrado prosperar e implicará el borrado de la aplicación de seguimiento de pedidos de la compañía de comida rápida y que permitía a los clientes conocer la situación de su pedido durante el reparto de las pizzas encargadas para su entrega a domicilio.
Fuentes de FeSMC-UGT destacan que la sentencia "no solamente es muy importante para las personas que trabajan en Telepizza, sino para el conjunto de los trabajadores", ya que este tipo de prácticas vulneran la normativa de protección de datos de carácter personal.
A partir de ahora, las empresas que estén interesadas en aprovechar las ventajas de la telefonía móvil y la geolocalización para su actividad deberán buscar otros sistemas, como navegadores instalados en las motocicletas, que son propiedad de la empresa, "sin que los trabajadores tengan que aportar medios propios a su servicio y datos de carácter personal como su número de teléfono o la dirección de correo electrónico para recibir el código de descarga de la aplicación informática que activa el sistema".
El mismo sindicato valora el fallo judicial como "un gran logro en la defensa de los derechos de protección de datos de los trabajadores, que pone coto a pretensiones de abuso de las nuevas tecnologías por parte de las empresas".