
Las grandes empresas cotizadas trabajan a contrarreloj para poder presentar su memoria de sostenibilidad a la par que las cuentas anuales, dentro de unas semanas, tal y como obliga una Ley aprobada en diciembre. Además, el informe -que deberá incluir mucha información nueva, como la brecha salarial entre hombres y mujeres, los impuestos pagados país a país o las emisiones de CO2 de los proveedores- tendrá que incluirse en un punto específico del orden del día de la Junta de accionistas.
Como si fuera una inocentada, el pasado 28 de diciembre el BOE recogió la Ley 11/2018, que incorpora al ordenamiento jurídico la Directiva 2014/95/UE, de información no financiera, pero que va mucho más allá de las exigencias de la norma comunitaria; de hecho, es la más exigente de las trasposiciones de los socios comunitarios. Dentro de tres años vinculará a unas 4.500 empresas con más de 250 empleados, pero de momento ya afecta a unas 600 con más de 500 empleados y, muy especialmente, a las cotizadas.
La norma obliga a divulgar información medioambiental, social y relativa al personal, los derechos humanos, la lucha contra la corrupción y el soborno, y sobre la sociedad en general, con mucho grado de detalle. Por ejemplo, se deben incluir las remuneraciones medias y su evolución desagregados por sexo, edad y clasificación profesional o igual valor; la brecha salarial, la remuneración de puestos de trabajo iguales o media de la sociedad, el número total y modalidades de contrato de trabajo, promedio anual de contratos indefinidos, de contratos temporales y de contratos a tiempo parcial por sexo, edad y clasificación profesional, número de despidos por sexo, edad y clasificación profesional...
Cambio de calendario
Una de las disposiciones de la norma obliga a presentar la información no financiera a la par que las cuentas anuales, integrada en el informe de auditoría o en una memoria específica, pero en el mismo momento, mientras que antes era frecuente que las memorias de sostenibilidad se publicasen después de las cuentas, incluso en el tercer o el cuarto trimestre del año.
Este cambio de calendario, junto con el mayor volumen de información exigida, trae de cabeza a los departamentos encargados de elaborar las memorias de las grandes empresas, como se ha puesto de manifiesto en una Jornada sobre la materia, organizada por la consultora Sust4in y celebrada esta mañana en Madrid, en la que han participado representantes de la CNMV, Telefónica, Bankia, Ferrovial, Enagás, Uría Menéndez, Dentons, CCOO, WWF, Greenpeace, el Observatorio de la RSC y Spainsif.
En el encuentro ha sido frecuente escuchar expresiones como "No dormimos desde hace semanas", "No damos abasto" o "El resto de departamentos está relegando sus labores para atender a nuestras peticiones", sobre la presión a la que están sometidas las organizaciones. En general, se admite que las empresas que ya estaban familiarizadas con la elaboración de este tipo de información podrán llegar a tiempo a presentar algo decente, con datos que antes no aportaban -como los beneficios obtenidos país a país, los impuestos sobre beneficios pagados y las subvenciones públicas recibidas- pero no así aquellas que no lo estaban.
Sin régimen sancionador
La norma carece de régimen sancionador por incumplirla, pero no puede excluirse que, si se produce algún daño, se presenten demandas por falsedad documental, que haya alguna multa del Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas (Icac) por falta en el depósito de las cuentas, que se impugne el acuerdo por el que se aprueban las cuentas o que se exijan responsabilidades a los administradores. Ahora bien, todo esto es muy improbable y lo más normal será que aparezcan salvedades en el informe de auditoría.
De este modo, las grandes empresas que no coticen presentarán lo que puedan y consideren oportuno al registro mercantil, pero las cotizadas, que están sometidas al escrutinio de los mercados y de la opinión pública, no tienen esa posibilidad; el daño a su reputación puede ser importante, por la mala imagen que darán a la sociedad y, especialmente, por la valoración negativa entre la comunidad inversora. Además, de la redacción final del texto legal ha desaparecido la posibilidad de alegar el riesgo de perjuicio comercial para omitir información y es obligatorio que el informe esté a disposición del público en la página web de la empresa.
En general, las entidades, aunque no duerman, dan la bienvenida a la nueva legislación y la consideran muy positiva.