
El Constitucional ha fallado que no se debe prohibir a los consumidores que aprovechen un mismo sistema de autogenerción, pero en la práctica aún es inviable.
En teoría, cualquiera puede compartir un sistema de autogeneración con su vecino, pero en la práctica no es así... Todavía. Aún lo impide la configuración de las redes eléctricas de los sistemas de autoconsumo, cuya regulación no contempla que varios consumidores compartan un mismo sistema de generación.
El Tribunal Constitucional, a petición de la Generalitat de Cataluña, ha suprimido de la norma de referencia sobre el autoconsumo, el Real Decreto 900/2015 la siguiente frase: "En ningún caso un generador se podrá conectar a la red interior de varios consumidores" (apartado 3, artículo 4), porque entiende que impide a las comunidades autónomas ejercer sus competencias para fomentar este tipo de instalaciones.
Sin embargo, esa frase fue un añadido de última hora a la normativa, como ya informó elEconomista, que lo único que hizo fue remachar algo que la propia norma ya imposibilitaba, puesto que se basa en el principio de que cada consumidor debe tener un contador, un punto de frontera entre su red interior y la red de la compañía eléctrica.
Así, aunque la citada norma no excluyese el autoconsumo compartido expresamente antes de la introducción de la frase, tampoco lo permitía, porque no existe una definición de red vecinal o red del polígono industrial en la que enganchar el sistema de autogeneración a compartir.
Por eso el Gobierno está interpretando la sentencia del Alto Tribunal como algo meramente administrativo, competencial, sin efectos prácticos. Y tiene razón a corto plazo, pero no a la vuelta de unos años.
Europa empuja
La normativa europea empuja inexorablemente a que el autoconsumo sea compartido. No hay otra forma de conseguir que los inmuebles se conviertan en edificios de consumo casi nulo -que se alimenten con energía renovable producida in situ o en el entorno-, algo que ya tienen que ser todos los inmuebles nuevos de la Administración a partir del año que viene y todos los edificios nuevos a partir de 2020. Eso mismo indica la sentencia del Constitucional, y eso mismo denunciaba la Generalitat.
Es más, la revisión en curso de la Directiva de Renovables también apunta directamente a que el autoconsumo compartido será legal, como también adelantó elEconomista. Únicamente exige que haya proximidad física a la instalación y establece unos márgenes muy generosos para el tamaño de las instalaciones que pueden compartirse.
Pero eso es es futuro. Hoy por hoy ningún instalador puede conectar un mismo sistema a dos redes interiores (en el lado de acá de los contadores) de dos consumidores diferentes sin violar la legislación. No obstante, la sentencia del Constitucional indica que que es un trabajo que debe acometerse, y a buen seguro no tardará mucho.