Empresas y finanzas

El Supremo rechaza que el Estado compense a la autopista M-12 por expropiaciones

  • El juez acepta que el Gobierno incumpla el pago de préstamos participativos
  • OHL, propietaria de la concesionaria eje aeropuerto, solicitó 116 millones

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Autopista Eje Aeropuerto (AEA), concesionaria de la M-12 que une Madrid con el aeropuerto de Barajas, contra la desestimación del restablecimiento económico-financiero de la concesión por parte del Ministerio de Fomento que planteó en mayo de 2009.

El Alto Tribunal justifica la negativa del Gobierno a conceder a la sociedad varios préstamos participativos por un importe de 116,1 millones de euros más intereses por los sobrecostes de expropiaciones que solicitó entre 2011 y 2013, por encontrarse en concurso de acreedores.

La sentencia, que ha recibido el voto particular del juez de la sala Pablo Lucas Murillo, sigue a las emitidas en mayo pasado respecto a Autopista del Henares (Henarsa), concesionaria de la radial de Madrid R2, y Autopista Madrid Sur (R4). En su recurso, presentado el 5 de junio de 2014, Autopista Eje Aeropuerto, propiedad de Aeropistas, a su vez propiedad al 100% de OHL Concesiones, basaba su petición de préstamos participativos en la Disposición Adicional 41 de la Ley 26/2009, de Presupuestos Generales del Estado, para 2010, que reconoce a las concesionarias de una serie de autopistas, entre las que se incluía AEA, un derecho al reequilibrio financiero de la concesión, derivado de la ruptura de la economía del contrato producida por sobrecoste de las expropiaciones.

La concesionaria de OHL reclamaba que se condenara a la Administración con el abono de 116,1 millones más intereses o, subsidiariamente, a desembolsar las ocho primeras solicitudes de préstamo participativo por importe de 63,5 millones, así como las sucesivas que trimestralmente se presenten más los intereses.

En la sentencia, con fecha del 10 de noviembre pasado, el Supremo justifica su decisión en que, de conformidad con la Ley de Presupuestos Generales del Estado, no caben empleo o destino de recursos públicos -considerando así estos préstamos- a empresas en situación de concurso. Eje Aeropuerto se declaró en concurso en diciembre de 2013, después de que el Gobierno desatendiera durante dos años la solicitud de esos préstamos.

Como ocurrió con las sentencias de mayo, en esta ocasión también ha recibido el voto particular de un juez, que se muestra favorable a haber estimado el recurso y dado la razón a la concesionaria.

A pesar de que después de la Autopista Madrid Levante (AP-36), fue la segunda sociedad en iniciar la fase de liquidación, Eje Aeropuerto ha presentado un recurso de nulidad ante el Supremo, previo paso al Constitucional si procediera.

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