Madrid, 5 oct (EFECOM).- El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid ha desestimado "totalmente" la adopción de medidas cautelares solicitadas por la familia Sanahuja para suspender el acuerdo adoptado por la Junta General de Accionistas de Metrovacesa para la emisión de bonos convertibles sin derecho de suscripción preferente.
En el auto, al que ha tenido acceso EFE, el magistrado José Manuel de Vicente Bobadilla considera que el acuerdo de emisión "resulta adecuado" a las necesidades financieras de Metrovacesa, y "no beneficia a unos en perjuicio de otros".
En su demanda, los Sanahuja sostenían que el acuerdo de emisión de bonos convertibles con exclusión de suscripción preferente para los accionistas de la inmobiliaria "es nulo de pleno derecho" al considerar que no se justifican de modo suficiente las razones de la operación por parte de los administradores de la empresa.
La Junta de Accionistas de Metrovacesa aprobó el pasado 26 de junio la emisión de bonos convertibles por 1.000 millones de euros dentro del programa de refinanciación del préstamo suscrito para la adquisición del 68,54 por ciento de su filial francesa Gecina.
El objetivo de la operación es, según los administradores de la inmobiliaria, reducir el coste medio financiero, disminuir el nivel de dependencia de la sociedad respecto a las entidades financieras y buscar fuentes de financiación alternativas.
El informe pericial en el que se basa el auto establece que la exclusión del derecho de suscripción preferente "no es caprichosa" sino que "es el método más eficiente y el más transparente", al permitir a la compañía asegurarse un sistema competitivo de fijación de precio.
El magistrado tilda de "conjetura" el argumento utilizado por los Sanahuja, los principales accionistas de Metrovacesa, de que la operación tiene la finalidad de poner las obligaciones convertibles en "manos amigas" del presidente de la inmobiliaria, Joaquín Rivero, con el que han protagonizado una disputa por el control de la sociedad.
La demanda presentada por los Sanahuja incluía un informe financiero elaborado por el despacho Lazar en el que se advertía al juez de que la operación conlleva un riesgo de dilución de la participación de los actuales accionistas de Metrovacesa.
No obstante, el magistrado determina que el acuerdo de emisión es neutral, puesto que en sí mismo "no beneficia a unos en perjuicio de otros", y "necesario" al no existir "solución alternativa mejor".
Además, llama la atención sobre el hecho de que el informe de Lazar termina por reconocer que lo más aconsejable es la emisión de obligaciones por 1.000 millones, después de "criticar duramente" la oportunidad y conveniencia del acuerdo de la emisión y su cuantía.
Por todo ello, el magistrado desestima "totalmente" la solicitud de adopción de medidas cautelares contra el acuerdo de emisión, e impone a la parte demandante las costas de la pieza judicial.
La parte demandante podrá interponer un recurso de apelación en el plazo de cinco días ante la Audiencia Provincial de Madrid.
Fuentes cercanas a los Sanahuja señalaron a EFE que la familia catalana "acotará todas las medidas legales" para conseguir la nulidad del acuerdo. EFECOM
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