
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha condenado a España por incumplir la normativa comunitaria de aguas residuales para poblaciones con más de 10.000 habitantes y de vertederos. Cuatro son las conurbaciones que incumplen en el primer caso y 30 depósitos de basura en el segundo. Los fallos no acarrean sanción.
No por esperadas son menos ingratas las sentencias. Esperadas, porque los procedimientos se iniciaron hace muchos años sin que España reaccionara, y cuando ha querido hacerlo era muy tarde para remediarlo, e ingratas porque el actual Gobierno en funciones, sobre todo en el caso de las aguas residuales, se ha volcado en solucionar los problemas heredados.
En el caso de las aguas residuales, la confrontación entre España y Bruselas se deriva de que el país incumple la Directiva 91/271/CEE en varias de sus vertientes -ya sufrimos una multa creciente que suma más de 40 millones de euros por las poblaciones mayores de 100.000 habitantes- y en 2011 la Comisión Europea remitió al TJUE el incumplimiento en 39 aglomeraciones urbanas mayores de 10.000 habitantes, que debían que tener infraestructuras de saneamiento y depuración desde 1998.
La situación ha mejorado mucho, y en 2014 el análisis del Tribunal se limitó a siete aglomeraciones. Finalmente nos condena por los municipios de Berga, Figueres, El Terri (Banyoles) y el centro de Pontevedra-Marín-Poio-Bueu, mientras que nos absuelve por Abrera, Capellades y Bollullos Par del Condado. En Pontevedra, la papelera Ence se ha comprometido a contribuir a mejorar la situación, para aclarar que la contaminación de la Ría no tiene que ver con su planta de celulosa.
En la actualidad, España se sitúa en el puesto 19 de los 25 estados miembro afectados por la citada Directiva y otros países afrontan juicio por incumplimiento, como Francia y Reino Unido.
De 120 a 30 vertederos
El caso de los vertederos es distinto, sobre todo porque su gestión no está en manos del Gobierno central, sino de las comunidades autónomas.
El TJUE condena a España porque 30 vertederos repartidos por casi todo el país, pero sobre todo en Andalucía, no cumplen la Directiva 1999/31/CE. Aquí la situación también ha mejorado desde que se abrió el expediente: afectaba a 120 instalaciones, que debían haber sido selladas y clausuradas, o debidamente acondicionadas, desde abril de 2001. Todos son de residuos municipales o de residuos inertes, es decir, de la construcción y la demolición.
Sin embargo, podría ser bastante peor, porque Ecologistas en Acción denuncia que los vertederos señalados por los jueces "no son todos los que están ni están todos los que son". Al calificar de inertes a muchos de ellos, se enmascara la realidad: no disponen de vigilancia y reciben residuos de toda clase y condición, incluidos los peligrosos, como aquellos que se generan a partir de aparatos eléctricos y electrónicos. Además, hay numerosos vertederos ilegales que se han quedado fuera del procedimiento.