Empresas y finanzas

La banca asignará un 'rating' a las pymes según su estado financiero y conducta

  • La ley exige su entrega junto al historial de pagos si les cortan el grifo del crédito

Las entidades financieras asignarán un rating a las pymes y autónomos a los que cierren el grifo del crédito diseñado en base a un triple análisis de su situación financiera, cualitativa y de conducta de pago. La metodología la regula el Banco de España en un borrador de circular puesto a consulta, con el que da cumplimiento al mandato recibido en la Ley de Fomento de la Financiación Empresarial.

A fin de evitar una repetición del estrangulamiento de financiación por falta de conocimiento de la solvencia de pymes y autónomos, que precipitó el fracaso de muchas de ellas en la crisis, la banca deberá por ley avisarles con una antelación mínima de tres meses de que piensa reducir o no renovar el crédito.

Para facilitar su recurso a otras entidades, les entregarán gratis un dossier con su situación crediticia y el rating, regulados en el borrador de circular. La información será accesible además a cualquier pyme y autónomo que la requiera, sin mediar merma del préstamo y previo pago de una tasa, si desean, por ejemplo, solicitar crédito a otra entidad.

Si es buen o mal pagador

La metodología diseñada por el organismo para que sea estandarizada, comparable y fidedigna prevé cinco grados de calificaciones: riesgo bajo, medio-bajo, medio-alto, alto y no disponible, otorgando este último si carece de información suficiente para emitir el rating.

La entidad efectuará una radiografía integral de la posición del cliente en tres aspectos, calificables en notas intermedias, cuya combinación dará el rating final. Para valorar la situación financiera analizará su actividad, rentabilidad, liquidez, nivel de endeudamiento y solvencia. En este ejercicio medirá esos ratios, junto a márgenes, capital circulante y de reembolso de intereses, o cualquier otros que les ayuden a diagnosticar la situación.

El segundo examen corresponde a variables cualitativas: la antigüedad del acreditado y de su negocio y el sector económico donde opera. De forma complementaria, el supervisor recomienda verificar si dispone de apoyo de socios o pertenece a un grupo económico que le de soporte, así como mirar cualquier otro parámetro de esta naturaleza que estime relevante.

El tercer y último aspecto a calificar es la conducta como cliente: si es buen pagador, incurre en impagos, de forma frecuente o puntual, y si originó alertas en operaciones registradas en la Central de Información de Riesgos del Banco de España (Cirbe) y ficheros de morosos (RAI, Asnef, etc).

Junto al rating le entregarán un informe con su historial en la Cirbe, datos facilitados sobre él a firmas de solvencia y su historial crediticio en los últimos cinco años, además de un extracto con los movimientos en los contrato de financiación del último ejercicio.

Las entidades obligadas a cumplir con estos requisitos -todas las que operen en España, sean o no nacionales, y las financieras- podrán incluir un estudio sobre la posición relativa del cliente en su sector de actividad cuando la información disponible lo permita. Para éste y la evaluación, recurrirán a los balances presentados en el Registro Mercantil y a la información fiscal y patrimonial si es autónomo.

WhatsAppFacebookFacebookTwitterTwitterLinkedinLinkedinBeloudBeloudBluesky