Madrid, 8 feb (EFECOM).- La Dirección General de Aviación Civil, dependiente del Ministerio de Fomento, se desgaja en una agencia estatal de seguridad aérea y en una dirección general, según acuerdo del Consejo de Ministros.
El formato agencia, que debe entrar en funcionamiento antes del 2 de junio de 2008, asumirá las competencias inspectoras y sancionadoras en materia de seguridad aérea y de protección de los derechos de los pasajeros.
El presupuesto inicial de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea para 2008 asciende a 35,65 millones de euros, transferido del presupuesto del Ministerio de Fomento, por lo que no implicará incremento de gasto público.
Durante este año, la plantilla comprenderá 360 personas y está previsto que el 80% del personal de la Dirección General de Aviación Civil se integre en la agencia.
La nueva Dirección General será responsable de proponer medidas para promover el desarrollo del sector del transporte aéreo, negociar convenios internacionales bilaterales de transporte aéreo, representar al Ministerio de Fomento en los foros nacionales e internacionales y del desarrollo normativo.
Esta reorganización es fruto del real decreto aprobado hoy en el Consejo de Ministros, y que regula el Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.
Asimismo, el Gobierno español se ha hecho eco de las recomendaciones de Organización de la Aviación Civil Internacional (OACI) y de la Organización Europea para la Seguridad de la Navegación Aérea (EUROCONTROL) que han insistido en que los Estados adopten medidas adicionales en materia de seguridad, ante los tráficos crecientes y la congestión de espacio aéreo y aeropuertos.
Entre el año 1993 y el 2007 el tráfico de pasajeros en los aeropuertos españoles se ha multiplicado por 2,5 veces, al pasar de 84 millones de pasajeros en 1993 a 210 millones en 2007, y las previsiones muestran que antes de 2020 el tráfico crecerá en otros 100 millones de pasajeros más.
En estas circunstancias se da la paradoja de que mientras las competencias que tiene que supervisar la Dirección General de Aviación Civil ha crecido notablemente, la plantilla de personal de la DGAC se ha reducido en un 30% entre 1993 y 2004.
Es por ello que el Gobierno se ha marcado como prioridad en aras a una administración aérea más eficaz, incorporar a las funciones de inspección a profesionales de muy diferentes especialidades, muchos de los cuales pueden surgir de los cuerpos especiales de funcionarios.
Otros colectivos, sin embargo, no existen en el ámbito de la función pública como pilotos, medicina aeronáutica, ingenieros superiores y técnicos con experiencia.., sobre todo, con la experiencia exigible a funciones de gran responsabilidad en materia de seguridad aérea.
Otra razón expuesta en la adopción de esta medida es situar a la Administración Aeronáutica en mejores condiciones para velar porque las compañías aéreas respeten los derechos de los pasajeros.
La estructura de la Agencia Estatal quedará configurada con unos órganos de gobierno, encabezados por el presidente, el Director General de Aviación Civil, para mantener una coordinación entre ambas entidades.
Forma parte también de la agencia el Consejo Rector, integrado por el Presidente: once Consejeros, de ellos cuatro designados por el Ministerio de Fomento, cuatro por los Ministerios de Administraciones Públicas, de Economía y Hacienda, Defensa y de Medio Ambiente; dos en representación de las organizaciones sindicales más representativas, y el Director de la Agencia, que también es miembro nato del Consejo Rector.
El director, nombrado por el Consejo Rector, entre profesionales con experiencia acreditada en el sector aeronáutico, es el órgano ejecutivo de la Agencia y el responsable de la gestión ordinaria.
La estructura administrativa, dependiente del Director de la Agencia, comprende:
-- cuatro direcciones operativas (Evaluación de la Seguridad y Auditoría Técnica Interna, Seguridad de Aeronaves, Seguridad de Aeropuertos y Navegación Aérea y Seguridad de la Aviación Civil y Protección al Usuario).
-- ocho oficinas de seguridad en vuelo (de ámbito territorial).
-- la Secretaría General.
Los recursos económicos de los que se nutrirá la Agencia Estatal proceden de:
-- transferencias consignadas en los Presupuestos Generales del Estado.
-- ingresos propios que perciba como contraprestación por servicios.
-- el producto de las sanciones impuestas.
-- ingresos por la liquidación de precios públicos y tarifas derivados de la realización de sus actividades.
-- ingresos provenientes de las tasas por la prestación de servicios y realización de actividades en materia de seguridad y navegación aérea. EFECOM
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