Madrid, 21 nov (EFECOM).- Los jueces españoles fijan las fechas para desahucio de inmuebles por impago de los inquilinos en menos de cuatro meses, si cuentan con la intervención de un árbitro, según datos aportados hoy por la Asociación Europea de Arbitraje (AEADE).
Esta asociación somete a arbitraje conflictos entre arrendador y arrendatario de inmuebles, conforme a la Ley de Arbitraje del año 2003, y la fórmula de esta mediación se ha convertido en la más rápida y eficaz para conseguir los desahucios de inmuebles por impago.
AEADE diseñó hace cuatro años un arbitraje especial para arrendamientos urbanos que ahora cuenta con el respaldo de los jueces españoles.
Como consecuencia, más de un centenar de juzgados de toda España han recibido laudos de esta asociación en materia de desahucios por falta de pago.
Esta fórmula de resolución de conflictos entre propietarios e inquilinos, alternativa a la justicia ordinaria y con la intervención de un tercero, denominado arbitro, comenzó a utilizarse de forma mayoritaria en España hace cuatro años, a partir de la entrada en vigor de la Ley de Arbitraje.
Los árbitros de AEADE, que en caso de mediación en materia de arrendamientos urbanos, son necesariamente abogados en ejercicio, dictan la sentencia firme (laudo), en un plazo de 25 días.
El laudo puede ser ejecutado posteriormente por un juez en un tiempo que no suele superar los tres meses, con el resultado global de que cualquier conflicto puede solucionarse entre cuatro y cinco meses, frente a la media de nueve a doce meses que se tarda por la Justicia Ordinaria.
Otra ventaja de los arbitrajes es que la conflictividad en cuestiones de arrendamiento de inmueble se ha reducido a un simbólico 0,3%. EFECOM
aa/jlm
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