Madrid, 16 nov (EFECOM).- El Consejo de Ministros aprobó hoy el Real Decreto que establece las ayudas, acogidas al régimen de minimis, para favorecer el mantenimiento de la competitividad de la actividad pesquera ante el alza de los costes de producción.
La ayuda por beneficiario, según la normativa establecida por la Comisión Europea, no podrá exceder los 30.000 euros durante tres ejercicios fiscales, informó el Ministerio de Agricultura en un comunicado.
Apuntó que la concesión de estas ayudas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, que permite la nueva normativa comunitaria aprobada a mediados de este año, cumple con el compromiso adquirido por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en octubre de 2005 con la Federación Nacional de Cofradías de Pescadores y otras Organizaciones pesqueras.
La ayuda podrá ser solicitada por los armadores de buques pesqueros pertenecientes a las listas tercera y cuarta del Registro de matrícula de buques que estén dados de alta en el Censo de Flota Pesquera Operativa, hayan ejercido la actividad pesquera, o auxiliar, al menos 45 días en el período comprendido entre el 1 de noviembre de 2004 y el 31 de octubre de 2005.
También podrán pedir la ayuda, en el caso de los barcos de nueva construcción, aquellos armadores que hayan entrado en servicio con posterioridad al 1 de noviembre de 2004, sus titulares se subrogarán en los derechos pertenecientes a los titulares de los barcos sustituidos.
Los beneficiarios deberán presentar su solicitud en las Comunidades Autónomas donde tengan su domicilio fiscal.
Para ello, se establecerá un instrumento de coordinación y cooperación entre el MAPA, las Autonomías y las distintas asociaciones del sector pesquero, con la finalidad de resolver adecuadamente las solicitudes ajustándolas a lo establecido por la normativa comunitaria. EFECOM
ap/cr/mdo