Empresas y finanzas

Moody's cree que seguirá la guerra del pasivo pese al decreto que la penaliza

  • Dadas las dificultades que encuentran las entidades para financiarse
  • La norma aprobada por el Gobierno entrará en vigor el 3 de julio

A pesar de que el Gobierno aprobó hace dos semanas un real decreto para poner fin a los superdepósitos, la agencia de medición de riesgos Moody's cree que bancos y cajas harán oídos sordos y seguirán ofreciendo altos intereses a sus depósitos dadas las dificultades que encuentran para financiarse y obtener liquidez.

En su informe semanal sobre perspectivas de crédito, Moody's se refiere al decreto que entrará en vigor el 3 de julio. La norma obliga a las entidades que apliquen intereses excesivamente altos a sus depósitos a realizar contribuciones adicionales al Fondo de Garantía de Depósitos (FGD).

De este modo, los importes recibidos por los clientes que excedan los límites fijados se ponderarán en un 500% para calcular las aportaciones al FGD, es decir, se multiplicarán por cinco.

El informe de Moody's destaca el esfuerzo hecho por el Gobierno para atajar la denominada guerra del pasivo, emprendida por las entidades españolas para obtener financiación en el mercado minorista ante la práctica imposibilidad de lograr liquidez en el mercado interbancario.

Sin embargo, el informe señala que muchos bancos y cajas optarán por mantener los altos intereses que ofrecen por sus depósitos pese a las altas garantías que deben depositar en el FGD.

En este sentido, el estudio destaca que algunas entidades ofrecen rendimientos de hasta el 5%.

Moody's recuerda que no sólo las entidades más "débiles" y que mayores dificultades encuentran para financiarse se han apuntado a la guerra del pasivo, sino que también los bancos y cajas más fuertes se han sumado a esta estrategia.

Esta política, añade el texto, ha estrechado los márgenes de bancos y cajas, que ya estaban afectados por los bajos tipos de interés y el deterioro del volumen de negocio y de las carteras de activos.

Según lo aprobado por el Consejo de Ministros, los límites quedan establecidos de la siguiente manera: para el depósito a plazo tres meses o inferior, el tipo de interés máximo es del 2,934%. Para los que excedan de los tres meses y sean inferior a un año, del 3,214% y para los depósitos a plazo igual o superior a un año, el límite se establece en el 3,137%. En el caso del depósito a la vista, el máximo quedará fijado en el 2,223%.

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