Bruselas, 10 sep (EFECOM).- La competencia para resolver conflictos sobre patentes y la duración de su protección recae aún sobre los países de la UE y no en el ámbito comunitario, según una sentencia emitida hoy por el Tribunal de Justicia de la Unión.
Así lo afirmaron los jueces comunitarios en una consulta del Tribunal Supremo portugués relativa a la demanda y posterior recurso en casación de las empresas farmacéuticas Merck y Merck Sharp & Dohme (MSD) contra Merck Genéricos.
Esta empresa fue denunciada por las anteriores tras sacar al mercado portugués en 1996 y sin su permiso el producto Enalapril Merck, un fármaco con las sustancias "enalapril" o "maleato de enalapril", patentadas por Merck en 1978 y que se empezó a comercializar en enero de 1985, según recuerda el Tribunal de la UE en un comunicado.
Sin embargo, Merck Genéricos alegó que la patente en cuestión "había revertido al dominio público el 8 de abril de 1996, al expirar los 15 años que establece la normativa portuguesa".
MSD argumentó que, según un artículo del Acuerdo de la OMC sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual (ADPIC) relacionados con el Comercio, "la validez de la patente no había terminado hasta diciembre de 1999".
Dicho artículo "establece que la patente no expirará antes de que haya transcurrido un periodo de 20 años contados desde la fecha de presentación de la solicitud".
El Tribunal Supremo portugués preguntó a los jueces comunitarios que se pronunciaran sobre si el Tribunal de Justicia de la UE es competente para interpretar el artículo de la ADPIC sobre la duración de la protección de la patente, y si un Estado miembro puede aplicarlo directamente.
Los jueces comunitarios, aunque se declaran competentes para definir las obligaciones de los Estados miembros sobre las disposiciones del Acuerdo ADPIC, creen que la UE "todavía no ha ejercido sus competencias en el ámbito de las patentes o, al menos que, en el plano interno, este ejercicio ha sido, hasta la fecha, insuficientemente importante".
Por tal motivo cree que no se puede considerar "que en el estado actual, este ámbito corresponda al derecho comunitario". EFECOM
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