Madrid, 5 jun (EFECOM).- El Tribunal de Defensa de la Competencia desestima, en una resolución del 31 de mayo, los recursos interpuestos por la plataforma "todoscontraelcanon" contra el acuerdo suscrito por las entidades de gestión y la patronal Asimelec sobre el canon de los cd y dvd, informan hoy las gestoras.
Según un comunicado firmado por entidades de gestión SGAE, AIE, Dama, AGEDI, AISGE, EGEDA y Vegap, esta resolución del tribunal considera que el acuerdo suscrito en 2003 entre ellas y la Asociación Multisectorial de Empresas Españolas de Electrónica y Comunicaciones (Asimelec) se ajusta a la ley.
El Tribunal de Defensa de la Competencia desestima así los recursos interpuestos por la Asociación de Internautas, que lidera la plataforma "todoscontraelcanon", y por Javier de la Cueva González-Cotera, contra el acuerdo suscrito por las entidades de gestión de derechos y la patronal Asimelec el 31 de julio de 2003 y declara que dicho acuerdo no conculca ninguna de las leyes de competencia como manifestaban los denunciantes.
Con esta decisión, "se fortalece la aplicación de la remuneración compensatoria por copia privada en el entorno digital", afirman las entidades de gestión en el comunicado.
El Tribunal de Defensa de la Competencia "ratifica" lo descrito en su día por el Servicio de Defensa de la Competencia, al "indicar que las cantidades aplicadas a los CD y DVD, y contempladas en la propia reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, no son superiores a los países de nuestro entorno".
El Tribunal considera, igualmente, que el "importe de la cuantía pactada supuso un beneficio para los fabricantes e importadores y los usuarios".
La resolución concluye, según la nota, que la firma del acuerdo "no supuso abuso de posición de dominio por parte de las entidades, como denunciaba la Asociación de Internautas, y destaca que la idoneidad de los soportes y el pago de la compensación a la que vienen sujetos no surge como fruto del acuerdo suscrito en 2003, sino que se encuentra contenida en la propia Ley de Propiedad Intelectual desde el año 1987".
Además, el acuerdo "no supuso la creación de ningún canon, como argumentaban los denunciantes, sino que únicamente resuelve de forma efectiva la obligación de pago de la remuneración que la Ley reconocía previamente".
De hecho, aseguran las gestoras, el tribunal "falla en su totalidad en contra de las argumentaciones sostenidas" y señala que "la obligatoriedad del pago por parte de los deudores existía antes de la firma del mismo, la crea la legislación y la ratifican los tribunales".
Por último, la resolución "hace incomprensible el apoyo de algunas empresas minoritarias", integradas en Asimelec, a la plataforma "todoscontraelcanon", "contraria a la remuneración por copia privada". EFECOM
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