Empresas y finanzas

Economía/Empresas.- La Eurocámara aprueba en segunda lectura una versión suavizada de la polémica directiva de servicios

La Comisión asegura que la liberalización de los servicios no socavará las normas sociales de los Estados miembros

ESTRASBURGO, 15 (EUROPA PRESS)

El pleno del Parlamento Europeo aprobó hoy en segunda lectura una versión suavizada de la polémica directiva de servicios, cuyo objetivo es eliminar trabas burocráticas al libre establecimiento de empresas de servicios o a la prestación de servicios por parte de compañías establecidas en otros Estados miembros, y que se convirtió en uno de los factores del 'no' de Francia a la Constitución Europea por el miedo al 'fontanero polaco'. La norma entrará en vigor en 2010.

Los parlamentarios rechazaron todas las enmiendas a la totalidad y parciales presentadas por los Verdes e Izquierda Unitaria --que aseguran que la norma pone en riesgo los derechos de los trabajadores--, y respaldaron así, con mínimos ajustes técnicos la posición común pactada por los Veinticinco el pasado 29 de mayo, que rebajaba sustancialmente el texto inicial de la Comisión y eliminaba sus aspectos más polémicos siguiendo las directrices del Parlamento en primera lectura. El compromiso fue apoyado por populares, socialistas y liberales.

"El Parlamento Europeo ha concluido hoy un debate de tres años de duración sobre una directiva que ha visto correr ríos de tinta y ha levantado pasiones en toda Europa", dijo el presidente de la Eurocámara Josep Borrell. A su juicio, aunque la directiva causó en un principio "malestar y temores en una parte importante de la población europea", lo aprobado este miércoles representa "un buen equilibrio entre la apertura del mercado de servicios, fomento de la actividad empresarial, protección del consumidor y el respeto de las normas sociales de cada país".

Por su parte, el comisario de Mercado Interior, Charlie McCreevy, destacó que el texto proporciona un auténtico "valor añadido" al mercado interior "al reducir la burocracia, eliminar barreras y proporcionar seguridad jurídica a las empresas". Por ello, tendrá un "impacto positivo" en la libertad de establecimiento y creación de nuevas empresas y será "crucial para impulsar el espíritu emprendedor y para promover el crecimiento y el empleo". "Los consumidores disfrutarán de más opciones, una mayor competencia y precios más bajos", dijo.

Por ello, animó a los Estados miembros a iniciar la transposición lo antes posible y dijo que la Comisión les asesorará en todo lo que pueda. Recordó que un estudio sobre la propuesta inicial de Bruselas, la llamada directiva Bolkestein, situaba en 600.000 los nuevos puestos de trabajo que podrían crearse, aunque no quiso aventurar en cuanto quedará recortada esta cifra con las modificaciones que se han introducido durante la tramitación.

Asimismo, dio garantías a los eurodiputados de que la directiva no socava el derecho laboral nacional de cada Estado miembro, ni el derecho penal, ni los servicios de asistencia social. "La Comisión quiere decir sin ambigüedades que la directiva de servicios no afecta al derecho laboral establecido en las legislaciones nacionales ni a los derechos colectivos de los agentes sociales", dijo McCreevy ante el pleno.

SERVICIOS EXCLUIDOS

Para responder a las preocupaciones que generó el texto, han quedado excluidos de su ámbito de aplicación un gran número de servicios, entre ellos los de interés general, cuya definición compete a los Estados miembros. Quedan fuera del ámbito de aplicación los servicios audiovisuales y los servicios cinematográficos. También los servicios sociales y los servicios proporcionados por asociaciones de beneficencia. Por último, la posición común confirma la exclusión de los servicios de las empresas de trabajo temporal, los servicios sanitarios, las actividades de juego por dinero (incluidas las loterías, juego en los casinos y las apuestas), los servicios de seguridad privados y la fiscalidad.

Entre los servicios incluidos se encuentran los de asesoramiento a empresas, gestión, consultaría, certificación, mantenimiento, publicidad, relacionados con la contratación de personal, o los servicios de agentes comerciales. Servicios de asesoramiento jurídico o fiscal, agencias inmobiliarias, construcción, incluidos los servicios de arquitectos, distribución y centros comerciales, la organización de ferias o el alquiler de vehículos y las agencias de viajes, guías turísticos, los servicios recreativos, los centros deportivos y los parques de atracciones son algunos de los ejemplos citados en el texto.

La directiva elimina trabas que ahora encuentran las empresas cuando pretenden instalarse en otro Estado miembro. Así, los Estados miembros tendrán la obligación de simplificar sus procedimientos y formalidades, cuando, sometidos a examen, éstos no sean "lo suficientemente simples".

También se incluye el establecimiento de ventanillas únicas para simplificar los trámites y para que el prestador pueda resolver todas las gestiones a través de un único punto de contacto, en lugar de tener que ir de una ventanilla a otra. La posibilidad de realizar los procedimientos por vía electrónica es otro de los elementos de la directiva.

Si se establece un régimen de autorización, el Estado miembro debe justificarlo, debe ser por interés general y no debe discriminar entre operadores nacionales o de otros Estados miembros. Los criterios deben ser claros, objetivos y no discriminatorios. También se flexibiliza la duración de la autorización, que en principio no debe estar limitada salvo excepciones precisas.

El texto precisa los requisitos que estarán prohibidos. Por ejemplo, los países no podrán usar la nacionalidad o residencia para supeditar el ejercicio de un servicio. Una serie de requisitos estarán permitidos, pero el Estado miembro deberá evaluar que son no discriminatorios, necesarios y proporcionales. Entre este tipo de requisitos figura entre otros las restricciones vinculadas a la población o a una distancia mínima. Por ejemplo, las limitaciones a la apertura de centros comerciales podrán mantenerse siempre que sean no discriminatorias y estén justificadas.

La directiva establece el principio de libertad de prestación de servicios en otros países distintos al de donde la empresa está establecida, pero permite al país afectado exigir requisitos adicionales cuando estén justificados "por razones de orden público, de seguridad pública, de salud pública o de protección del medio ambiente". Y precisa que no impedirá que los Estados miembros apliquen, de conformidad con el derecho comunitario, sus disposiciones sobre empleo, incluidas las resultantes de convenios colectivos. Cualquier restricción habrá de ser no discriminatoria, proporcional y necesaria.

Todos los Gobiernos a informar a la Comisión de todos los requisitos y autorizaciones que exija su legislación para la prestación de servicios, y a justificarlos. El Ejecutivo comunitario los transmitirá al resto de países de la UE y, además, elaborará un informe anual con "análisis y orientaciones" sobre esta cuestión.

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