Agua y medioambiente

Menos del 25% del sector público cumple con la auditoría energética

  • Entre el 60% y 70% de las privadas ha registrado ya sus análisis

Este 14 de febrero vence el plazo para que 3.800 empresas privadas y 2.452 públicas hayan realizado y registrado la auditoría de eficiencia energética de sus instalaciones a que obliga el Real Decreto 56/2016, con el que España traspuso -con más de año y medio de retraso- la Directiva europea 27/2012, y cuyo objetivo es conocer el estado de las organizaciones, sus consumos, sus emisiones de CO2... como un primer paso para, después, establecer planes de eficiencia energética que contribuyan al cumplimiento de los acuerdos de París y a combatir los efectos del cambio climático. La teoría está, pero no parece que las auditorías vayan a estar en tiempo y plazo. Más noticias en la revista gratuita elEconomista Agua y Medio Ambiente

Pese a la ausencia de datos oficiales actualizados, el incumplimiento temporal está más que cantado. En el campo de las grandes empresas privadas se estima que, como mucho, habrá registrado sus auditorías entre el 60 y el 70% de las obligadas. Pero en el ámbito público no se prevé que cumpla ni siquiera el 25%. Otra cuestión, como señala Rodrigo Morell, presidente de la Asociación de Empresas de Eficiencia Energética (A3e), será la calidad de las auditorías realizadas.

Aún así, según declara Morell, "el sentir es positivo. Venimos de la nada y ya tenemos una reglamentación que era necesaria y que llegó al ordenamiento español con mucho retraso". En su opinión, los legisladores tenían que ser conscientes de que el plazo dado para ejecutar las auditorías -el Real Decreto se aprobó el 12 de febrero de 2016- era demasiado corto para las empresas. A esto se suma, además, la complejidad que añade al proceso, otra ocasión más, el traspaso de las labores de registro a las 17 comunidades autónomas, lo que se traduce en 17 normativas diferentes según el territorio y dificulta sobre manera el trabajo de las obligadas a realizar la auditoría de eficiencia, buena parte de ellas con instalaciones repartidas por toda la geografía española. Se presupone que la Administración central reportará a Europa los resultados sobre el grado de cumplimiento de las empresas españolas. Pero, ¿cuánto tardarán las Administraciones autonómicas en facilitarles los datos de sus territorios?

Distintas infracciones

El Real Decreto obliga a las grandes empresas privadas y públicas, es decir, a todas aquellas que ocupen al menos a 250 personas y a las que, aun sin cumplir dicho requisito, tengan un volumen de negocio que exceda de 50 millones de euros y, simultáneamente, un balance general que exceda de 43 millones de euros. Y el retraso no es por problemas presupuestarios ya que, como dicen en el sector de empresas de auditorías energéticas, aunque depende del número de instalaciones y de las condiciones de cada empresa, así como de su tamaño, el coste de hacer una auditoría es, en cualquier caso, inferior a la multa por no hacerla.

Según la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, el incumplimiento de la obligación se sancionará de acuerdo con la infracción cometida: será calificado de muy grave el no hacer la auditoría; de grave el realizarla incorrectamente, y de leve el no comunicarla. Las sanciones se cifran en un máximo de 60.000 euros para las infracciones muy graves, de 10.000 euros para las infracciones graves, y de 1.000 euros cuando se produzcan infracciones leves.

Sin recursos

Una vez finalice el periodo de registro de auditorías, son las Comunidades Autónomas las encargadas de realizar las labores de inspección de su alcance y calidad, y ahí surge otra asignatura pendiente: ni España ni sus comunidades han previsto quién, cómo, ni cuándo se encargará de este análisis. Las Administraciones Públicas tampoco han dedicado recursos económicos a la inspección de este capítulo energético, y en el terreno de los recursos humanos, la labor ha recaído, por regla general y de rebote, en los inspectores de Seguridad y Salud, que no dan abasto ni tienen siempre los conocimientos necesarios.

El objetivo que persiguen estos informes es conocer los consumos de energía de cada empresa, su volumen de emisiones de anhídrido carbónico, sus potenciales ahorros y las inversiones que deberán realizar para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, el consumo de energía, la dependencia energética del exterior y las importaciones de combustibles fósiles. Es decir, se trata de fomentar la eficiencia y el ahorro energético, aspectos claves, según afirman el Ministerio de Industria para mejorar la competitividad de las empresas y crear empleo, así como para alcanzar los objetivos y el marco común establecido por la UE en esta materia.

Como dice el propio Real Decreto 56/2016, "la eficiencia energética es un aspecto esencial de la estrategia europea para un crecimiento sostenible en el horizonte 2020, y una de las formas más rentables para reforzar la seguridad del abastecimiento energético y para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y de otras sustancias contaminantes". Y añade: "Este es el motivo por el que la Unión Europea se ha fijado como objetivo para 2020 aumentar en un 20% la eficiencia energética".

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