Empleo

El motivo por el que el SEPE te puede quitar el paro y otras prestaciones

  • Repetir varias infracciones o cometer una grave supone la retirada de la prestación
Oficina del SEPE. / Foto: EP

A la hora de cobrar una prestación por desempleo o cualquier otra de las asignaciones que otorga el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), hay que cumplir con una serie de requisitos, pero también de obligaciones. De lo contrario, el SEPE puede sancionar al beneficiario y retirarle el paro o cualquier otra prestación.

"Las personas que perciban prestaciones por desempleo deben cumplir una serie de obligaciones establecidas en la ley", se indica en la página web del SEPE, donde también se establece que "el incumplimiento de estas obligaciones supone cometer infracciones que se sancionarán de acuerdo con las leyes vigentes".

Obligaciones que deben cumplir los beneficiarios de una prestación

Algunas de las obligaciones que se detallan tienen que ver con los momentos previos al cobro de la prestación. Por ejemplo, hay que inscribirse como demandantes de empleo, mantener la inscripción y cumplir las exigencias del acuerdo de actividad y se indica que se debe haber cotizado la aportación correspondiente a la contingencia de desempleo, en el caso del paro. También hay que proporcionar la documentación necesaria para el reconocimiento de cualquier tipo de prestación y, si hay algún cambio, notificarlo en el momento en el que se produzca.

Aparte de esto, una vez que se recibe la prestación y durante el tiempo de vigencia de esta, hay que cumplir otra serie de obligaciones, tal y como se detalla:

  • Participar en los programas de empleo o en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales, que establezcan los servicios públicos de empleo o las agencias de colocación y aceptar la colocación adecuada que los servicios públicos de empleo o dichas agencias le hayan ofrecido.
  • Renovar la demanda de empleo en la forma y fechas indicadas en el documento de renovación de la demanda.
  • Presentarse, si ha sido citado previamente, ante el Servicio Público de Empleo Estatal, los servicios públicos de empleo autonómicos o las agencias de colocación.
  • Buscar activamente empleo y participar en acciones para aumentar las posibilidades de ocupación que, en su caso, indiquen los servicios públicos de empleo competentes, dentro de un itinerario de inserción.
  • Solicitar la baja en las prestaciones por desempleo porque se produzcan situaciones que den lugar a la suspensión o extinción de las mismas, o porque se dejen de reunir los requisitos exigidos para seguir percibiéndolas, en el momento en que se produzcan dichas situaciones.
  • Devolver las cantidades que el Servicio Público de Empleo Estatal haya abonado indebidamente.
  • Devolver, en el plazo de cinco días, a los servicios públicos de empleo, o en su caso, a las agencias de colocación, el justificante de haberse presentado en el lugar y la fecha indicados para cubrir la oferta de empleo que le hayan ofrecido.

Sanciones por incumplir las obligaciones

La extinción de cualquiera de las prestaciones del SEPE solo se contempla en caso de las infracciones muy graves o en caso de repetir en varias ocasiones las infracciones leves o graves. De esta forma, estos serían los escenarios posibles en cada uno de los tipos de infracción.

En el caso de las infracciones leves:

  • 1ª. Infracción. Pérdida de 1 mes de prestaciones.
  • 2ª. Infracción. Pérdida de 3 meses de prestaciones.
  • 3ª. Infracción. Pérdida de 6 meses de prestaciones.
  • 4ª. Infracción. Extinción de prestaciones.

En el caso de las infracciones graves:

  • 1ª. Infracción. Pérdida de 3 meses de prestaciones.
  • 2ª. Infracción. Pérdida de 6 meses de prestaciones.
  • 3ª. Infracción. Extinción de prestaciones.

En el caso de las infracciones muy graves: "En el caso de las prestaciones o subsidios por desempleo o de la prestación por cese de actividad de la persona trabajadora autónoma, las infracciones muy graves se sancionarán con la extinción", indica el SEPE, que añade: "Igualmente, se les podrá excluir del derecho a percibir cualquier prestación económica y, en su caso, ayuda de fomento de empleo durante un año, así como del derecho a participar durante ese período en formación profesional para el empleo".

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