Editoriales

Una fusión que en España exige una opa

Enel inicia la absorción del 30,1% que no posee de su filial de renovables, Green Power. La empresa italiana confirma que se atiene a una figura legal exclusiva de la normativa transalpina, la integración parcial no proporcional, que le exime de lanzar una opa. Enel argumenta que la matriz de Green Power está en Italia y la integración parcial rige también para la filial.

Ahora bien, Green Power es una empresa que cotiza en España; por tanto, su compra, valorada en 2.985 millones, tiene lugar en el mercado español y resultaría adecuado que la CNMV se pronuncie sobre la operación y ésta se sujete a la norma española, que es clara: las compras que afectan a más del 30% de las acciones de una empresa requieren una opa.

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