Economía

El alquiler de un balcón para ver la cabalgata de Reyes debe constar en la Declaración de la Renta

  • Debe de constar como un rendimiento de capital inmobiliario
  • Hacienda puede multar al propietario que no declara ese alquiler

El alquiler ocasional de balcones a particulares es una tendencia en aumento entre los que no quieren perder detalle de acontecimientos en fechas señaladas como la Navidad o la Semana Santa. La cabalgata de Reyes se acerca y los propietarios de inmuebles situados en calles por los que pasarán las carrozas ya están anunciando por Internet el alquiler de sus balcones. Ante semejante caramelo, muchos padres y madres pagarán elevados importes a cambio de que sus hijos disfruten de una posición privilegiada durante esa mágica víspera.

En otro tipo de festividades, como los San Fermines o las Procesiones de Semana Santa, hemos podido comprobar cómo la Agencia Tributaria vigila con especial cuidado qué es lo que hacen los propietarios de viviendas durante la celebración.

Ni las transacciones con los balcones quedan fuera del control del fisco: el alquiler de balcones debe constar en la declaración de la Renta del propietario. Desde DAS seguros, recomiendan que se sigan los protocolos de Hacienda y se incluya en la declaración este ingreso. De lo contrario, se puede estar incurriendo en una ilegalidad.

En este sentido, los expertos de DAS Seguros recuerdan que el arrendamiento ocasional del balcón afecta eminentemente al Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF).

Así pues, a la hora de elaborar la declaración de la Renta, la cantidad exacta obtenida a través de dicho alquiler debe de constar como un rendimiento de capital inmobiliario. En el caso de no hacer constar la cifra exacta o de no incluir este ingreso en nuestra declaración, la multa al propietario de la vivienda podría oscilar entre el 50% y el 150% de lo que no se ha declarado.

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Comentarios 6

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Luisa
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Y las barreras en las aceras para cobrar el peaje,para cuando.

Puntuación 7
#1
Por decreto, también?
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Y los regalos de Reyes a los hijos será considerada una donación y cotizar al 30%

Puntuación 11
#2
¡Viva el Cachondeo!
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Y alquilar un retrete para cagar y mear, tambien.

Puntuación 9
#3
Incrédulo
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Lógico. Todo renta del capital está sometida a tributación. Sea para ver los Reyes, o para ver una Saeta.

Puntuación -11
#4
Incrédulo
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En Contra

Señores y señoras, por los negativos indicados a mi comentario, observo que hay gente que no entiende que no es lo mismo lo que uno quiere, con la normativa fiscal.

La normativa fiscal es clara. Toda renta de capital está sujeta a tributación. Si no están de acuerdo, ya saben, voten a partidos liberales en el que el peso del Estado es mínimo, y no a la socialdemocracia que se vota en este país. Y socialdemócratas son todos, incluyendo VOX.

Yo soy liberal Minarquista. Creo en un estado mínimo, con los menores impuestos posibles. Pero una cosa es el deseo, y otra la normativa vigente.Y muy a mi pesar, si no se cumple, sancionan, y sale mucho más caro.

Puntuación -1
#5
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Lo gracioso es que deber se debe y quien debe no paga. O lo que es mismo si Hacienda se dejase de gilipolleces y realmente se dedicase a buscar las enormes bolsas de fraude que saben perfectamente dónde están, no estaríamos hablando de esto.

Ponganse a trabajar que hay un 25% del PIB esperándole ahi fuera pandilla de baldaos con la superguay de la ministra a la cabeza., que son 250 mil millones y no busquen a quien alquila un balcón o vende unas bragas en internet.

Puntuación 3
#6