
Los días 25 y 26 de julio, los tripulantes de cabina de Ryanair irán a huelga. Está convoca por los sindicatos de España, Italia, Bélgica y Portugal, por lo que estos países serán los que más afectados se verán. Sólo en España, unos 250.000 pasajeros podrían verse perjudicados cada día.
Los motivos de la huelga son varios, pero el más destacado según la información comunicada por el sindicato, es que el 75% de la plantilla está contratada a través de empresas de trabajo temporal, sin salario base y cobrando únicamente por la horas de vuelo.
En los casos de huelga de personal, las personas tienen derecho a reclamar una indemnización en caso de verse afectados y conocer las obligaciones de la aerolínea para buscar una solución. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en su sentencia del 17 de abril, indica que "la ausencia espontánea de una parte importante del personal de navegación de una aerolínea no constituye una circunstancia extraordinaria que les exima de indemnizar a los pasajeros afectados".
Por este motivo "cualquier persona que se vea afectada por la huelga de personal de Ryanair, ya sea el 12 de julio por la huelga convocada en Irlanda de 24 horas o el 25 y 26 de julio, podrá reclamar una indemnización de 250 a 600 euros, más los gastos en los que ha incurrido por la incidencia o haya dejado de disfrutar y los daños y perjuicios ocasionados", según informa la página web Reclamaciones de vuelos.
No obstante, aclara que si la aerolínea ha informado con más de dos semanas de antelación a la fecha de salida de cambios en el vuelo, no podrá reclamar una indemnización, la aerolínea tendrá que programar otro vuelo posterior y en caso que no sea posible o el pasajero rechace las alternativas reembolsar el dinero.
Según el reglamento al que se encuentra sujeto Ryanair, si el pasajero sufre una cancelación o retraso de más de 3 horas, el afectado podrá reclamar:
Indemnización 250 a 600 euros dependiendo de las distancia del vuelo, si el vuelo es de menos de 1.500km tendrá derecho a 250€ de indemnización. Si la distancia es de 1.500 a 3.500km, 400€. Si supera los 3.500km y es un vuelo comunitario 400€ y si es extracomunitario, 600€ de indemnización.
El reembolso del billete comprado si no reprograman el vuelo de forma gratuita o el pasajero no desea aceptar la alternativa y si el turista compra un nuevo vuelo podrá reclamar el pago de ese billete.
Gastos en los que se incurra o deje de disfrutar como daño y perjuicio como hoteles, taxis comidas en el aeropuerto o fuera de él, reuniones de trabajo, días de vacaciones...
Desde Reclamación de Vuelos aconsejan que los afectados se pongan en mano de profesionales, debido a la complejidad de reclamar por toda la incidencia y recuperar el importe total.