
Como todos los años, el máximo beneficiario de la Lotería Extraordinaria de Navidad es Cristóbal Montoro. Y lo es por varias vías. En primer lugar, por el impuesto implantado en 2013, según el ministro de Hacienda de manera provisional, sobre premios superiores a 2.500 euros y que reportará a las arcas de Hacienda unos ingresos de unos 225 millones de euros por este sorteo, siempre y cuando se hayan vendido los 1.700 décimos emitidos en cada uno de los números correspondiente a los grandes premios.
Pero el camino más clásico, por el que se llama a la lotería el impuesto voluntario, es la parte que acabará en el Ministerio de Hacienda por los ingresos generados en el sorteo.
Este año, la facturación ascendió a 2.760 millones de euros. Y el 70 por ciento se destina a premios, por lo que unos 830 millones pasa a engrosar las cuentas Lae (Loterías y Apuestas del Estado). Esta sociedad paga su correspondiente impuesto de Sociedades y, además, destina casi un 90 por ciento de su beneficio a retribuir a Hacienda, ministerio del que depende. La lotería de Navidad viene a representar un 25 por ciento de sus ingresos del año. Si cogemos como referencia una cuarta parte de las cuentas de 2016, supondría que por Sociedades aportará por este sorteo otros 145 millones y por dividendo, unos 380 millones de euros.
En total, el Gordo, el resto de premios y la liquidación de Lae, aportará a Hacienda unos 750 millones de euros.
Pero los ingresos del Fisco pueden continuar si los premiados no toman precauciones a la hora de repartir el golpe de fortuna con familiares y amigos.
Hay que tener en cuenta que con el 20 por ciento que retiene Hacienda cuando se cobra el premio, el jugador ya cubre sus deberes fiscales. Ahora bien, si después de cobrar el premio decide dar parte del dinero a su familia o sus amigos, lo tendrá que pensar dos veces, ya que puede ser un regalo envenenado.
El donatario, el que recibe el dinero, deberá declararlo en el Impuesto de Donaciones y Sucesiones. Y la cantidad que deberá dedicar a los tributos depende de su patrimonio previo, de su grado de parentesco y, al ser un impuesto cedido a las comunidades autónomas, de su lugar de residencia. Este último factor es clave si la donación se realiza entre padres, hijos, o pareja, ya que en Madrid, por ejemplo, el impuesto está exento en un 99 por ciento, mientras en otras, como Asturias o Andalucía, tal exención no existe.
Si la donación es entre hermanos, parientes de segundo grado, el bocado de Hacienda es mayor, y ya no varía tantos entre autonomías. En Madrid, que presume de impuestos bajos, un regalo de 120.000 euros a un hermano supone el pago de cerca de 25.000 euros siempre y cuando su patrimonio previo sea inferior a los 400.000 euros. Si el regalo es de 2 millones, hay que destinar unos 965.000 euros a liquidar este tributo.
Mucho más gravoso sería que esa generosidad se desplegara con un amigo, ya que la factura fiscal para él, en el caso más favorable de tener menos de 400.000 euros de patrimonio previo, ascendería a 1,21 millones de euros. Y este caso, que parece remoto puede ser más común incluso que entre parientes, ya que podría suceder que un integrante de una peña cobre el premio con la intención de repartirlo posteriormente entre todos los miembros del grupo.
Evitar estos malos tragos con la administración es muy sencillo: cuando se acuda a cobrar el premio de la lotería se debe acreditar qué personas lo juegan. Basta con acudir juntos a la oficina bancaria y explicar que ese décimo se juega entre dos, tres o las personas que sea. Así, no se deberá pagar más impuestos que ese 20 por ciento con que se gravan los premios más importantes. Por supuesto, los rendimientos que en el futuro dé el dinero de la lotería, deberá pasar otra vez por ventanilla.