MADRID, 30 (SERVIMEDIA)
El Tribunal Supremo (TS) ha decidido no admitir un recurso conjunto contra 16 productos financieros 'swaps' de Banco SANTANDER (SAN.MC)por no superar ninguno los 600.000 euros, según informó hoy la institución.
En la sentencia, el Pleno de la Sala Primera del TS ha desestimado los recursos de casación y extraordinario interpuestos contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid.
La demanda inicial, que llevó un Juzgado de Móstoles, acumuló las acciones correspondientes a 24 sociedades y dos personas físicas y en ella se pretendía, con carácter principal, la nulidad de los contratos por error-vicio en el consentimiento, falta de objeto y falta de causa. De forma subsidiaria se ejercitaban otras acciones de resolución y responsabilidad contractual.
El Juzgado de Primera Instancia de Móstoles desestimó la demanda, pues consideró que las mercantiles demandantes no podían tener el tratamiento de consumidores, y excluyó el error en el consentimiento al valorar que los contratos permitía conocer la operatividad del producto, que algunos de los demandantes tenían asesoramiento externo y que se celebraron reuniones informativas.
Con posterioridad, el Supremo ha señalado que el pretendido error o incumplimiento que se denuncia en la contratación depende de la singularidad de cada caso, de la información ofrecida a cada cliente y de su propia formación o estructura financiera.
Además, explica que la cuantía del litigio debe fijarse, por tanto, por la acción de mayor valor, que no supera los 600.000 euros exigidos para el acceso a los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal.
(SERVIMEDIA)
30-JUN-17
BPP/caa
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