Economía

Renta 2015: ¿aún no ha decidido si presentará la declaración de forma conjunta o individual?

A la hora de hacer la declaración de la renta, una de las principales decisiones que hay que tomar es si presentarla de forma individual o conjunta. Los resultados entre una u otra opción pueden ser muy distintos, por lo que en una unidad familiar conviene tomarse el tiempo necesario y ver cuál de las dos puede ser más beneficiosa y rentable.

Para poder presentar la declaración de la renta de forma conjunta, los contribuyentes deben formar parte de una unidad familiar, es decir, que deben estar casados, tener hijos o los dos supuestos. Se considera unidad familiar un matrimonio y, si los tienen, sus hijos, o bien una unidad monoparental, formada por un progenitor y sus hijos.

Con esto claro, el siguiente paso es tener en consideración los aspectos característicos de cada familia, ya que eso es lo que marcará qué formato es más interesante. Así, que trabajen los dos o no, si alguno de ellos o los dos son autónomos, si sus hijos reciben algún ingreso extra o acaban de comenzar su vida laboral, entre otros, son algunos de los principales factores.

A continuación podrás encontrar algunos de los casos más destacados en los que elegir una u otra opción resultará más interesante para tu familia:

1. La declaración conjunta es más conveniente, por lo general, en las familias cuyos ingresos los aporta sólo un miembro, ya sea porque el cónyuge no está trabajando, o porque los ingresos son muy inferiores a los del otro miembro de la familia.

En este caso, si solo uno de los dos miembros de la pareja percibe ingresos será más interesante hacer la declaración conjunta ya que se podrá aplicar, además del mínimo personal de la renta, la reducción por unidad familiar (3.400 euros).

2. En el supuesto de que ambos cónyuges trabajen, lo ideal es hacer la declaración individual. El importe mínimo para realizar de forma individual para declarar ha subido respecto a la temporada anterior a los 5.550 euros. Si se opta por la declaración conjunta, el mínimo sería el mismo, 5.550 euros, con independencia del número de miembros que integran la unidad familiar.

3. El padre o madre no casado, viudo o separado legalmente con hijos menores que convivan con él o con ella, podrá optar a la declaración conjunta, y tendrá una reducción adicional de 2.150 euros anuales.

4. Deducción por vivienda. La base máxima de la deducción por vivienda es de 9.040,00 euros por declaración, ya sea individual o conjunta. Por tanto, la base es mayor si se hacen declaraciones separadas.

El otro aspecto fundamental que se debe conocer es que si la elección es realizar la declaración conjunta, la información que se incluya es responsabilidad solidaria de ambos cónyuges, con independencia de quien provengan. Y por supuesto, si existe algún tipo de problema, la responsabilidad también será compartida.

Sergio de la Riva, miembro del departamento fiscal de dPG Legal

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