La CECA ha afirmado que la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre desahucios no cuestiona el derecho hipotecario español en su conjunto, "ni siquiera" la legalidad del plazo de un mes, concedido en la disposición transitoria cuarta de la Ley 1/2013, de 14 de mayo.
MADRID, 29 (EUROPA PRESS)
"Efectivamente, la sentencia considera que dicho plazo de un mes no es 'materialmente insuficiente' sino 'razonable y proporcionado' y únicamente cuestiona el mecanismo previsto en la Ley para determinar el inicio del plazo", ha explicado la patronal en un comunicado.
Por lo tanto, según la CECA, esta sentencia se refiere a un aspecto de "derecho transitorio" y afecta sólo a los procedimientos en curso en un periodo de tiempo "muy concreto".
"Por este motivo, sus efectos serán limitados, en función de las circunstancias individuales y procesales de los clientes afectados por esta situación transitoria", ha subrayado.
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