El caso en cuestión exigía determinar si un Estado miembro de la Unión Europea puede lícitamente extender el derecho a votar en las elecciones al Parlamento Europeo a nacionales de países terceros que residan en el territorio europeo, en este caso, en Gibraltar.
BRUSELAS (AFX-España) - La Justicia europea rechazó el martes un recurso presentado por España contra el derecho de voto de los ciudadanos de Gibraltar en las elecciones al Europarlamento, que las autoridades de Madrid intentaban bloquear al no considerarlos parte de la Unión Europea.
Para permitir a los habitantes de Gibraltar participar en las elecciones al Parlamento Europeo, el Reino Unido constituyó, en 2003, una nueva circunscripción electoral que vincula Gibraltar a una circunscripción existente de Inglaterra y creó un registro especial.
Así, se reconoció el derecho al voto en dichas elecciones a los ciudadanos de la UE y a los ciudadanos de la Commonwealth (Mancomunidad británica) que cumpliesen determinados requisitos y residan en Gibraltar.
Pero, según España, únicamente puede reconocerse el derecho al voto en las elecciones al Parlamento Europeo a los ciudadanos de la UE, razón por la cual decidió impugnar la iniciativa británica.
En su fallo, el tribunal consideró que corresponde al Estado miembro en cuestión, el Reino Unido en este caso, determinar 'quiénes son titulares del derecho de sufragio en las elecciones al Europarlamento', respetando siempre el derecho comunitario.
'Los artículos pertinentes del tratado CE (Comunidad Europea) no se oponen a que los Estados miembros reconozcan ese derecho de sufragio activo y pasivo a determinadas personas que tengan un estrecho vínculo con ellos y que no sean sus propios nacionales o los ciudadanos de la Unión residentes en su territorio', señaló la Corte Europea.
Por otra parte, y respecto a otro cuestionamiento español por la inclusión de Gibraltar en una circunscripción electoral existente en Inglaterra, el tribunal recordó que una elector del peñón se encuentra en una 'situación análoga' a la de un elector del Reino Unido y 'no debe afrontar obstáculos derivados del régimen jurídico' del territorio en el que reside.
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afp/meg
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