- Los autónomos económicamente dependientes podrán contratar para conciliar
MADRID, 24 (SERVIMEDIA)
El Gobierno ha ampliado los incentivos de la tarifa plana de 50 euros para autónomos a las personas con discapacidad con independencia de su edad y ha aprobado que los trabajadores autónomos económicamente dependientes (Trade) podrán contratar a una persona en caso de conciliación por baja maternal, cuidado de hijo menor de siete años o persona dependiente.
Así lo anunció la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, que aprobó la remisión al Consejo Económico y Social (CES) del anteproyecto de ley para fomentar el emprendimiento.
La norma extiende los supuestos de la tarifa plana especialmente protegida a las víctimas del terrorismo y de la violencia de género, y amplía los incentivos a las personas con discapacidad con independencia de su edad.
Asimismo, las víctimas del terrorismo, de la violencia de género y las personas con discapacidad disfrutarán de una senda de cotización reducida durante cinco años. En concreto, los primeros 12 meses con una cuota de 50 euros o la reducción del 80% y el resto, hasta 48 meses, a través de una bonificación del 50%.
De igual forma, introduce la posibilidad de que los autónomos económicamente dependientes (trade), aquellos que perciben al menos el 75% de sus ingresos de un único cliente o empresa, puedan contratar a un trabajador para conciliar la vida personal y familiar bajo determinadas circunstancias. Estas son riesgo durante el embarazo y lactancia de un menor de nueve meses; en periodos de descanso por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento; por cuidado de menores de 7 años a cargo; por familiares a cargo en situación de dependencia o discapacidad igual o superior al 33%.
CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO
En el ámbito de la Economía Social, el texto introduce actuaciones para facilitar la incorporación de nuevos socios a las entidades de la Economía Social; apoyar y fortalecer a las distintas entidades que la componen; y facilitar a los trabajadores que tienen mayores dificultades de inserción su incorporación al mercado laboral.
El texto mantiene las bonificaciones a favor de las empresas de inserción, cuando contraten personas en situación de exclusión social, por una cuantía de 850 euros al año, durante un máximo de 3 años o de 1.650 para los supuestos de menores de 30 años o de 35 en el caso de personas con una discapacidad reconocida del 33%.
Además, y con el objetivo de facilitar la transición de los trabajadores desde las empresas de inserción a la empresa ordinaria, se amplía la bonificación existente en las cuotas empresariales por la contratación de dichos trabajadores.
De este modo, en el caso de que una empresa ordinaria contrate a un trabajador procedente de una empresa de inserción, podrá beneficiarse de bonificaciones en sus cotizaciones sociales durante cuatro años. Un total de 1.650 euros durante el primer año y 600 euros cada año durante los tres siguientes si la contratación es de tipo indefinido, o 1.650 euros durante el primer año y 500 euros los siguientes si se trata de una contratación temporal.
(SERVIMEDIA)
24-ABR-15
SMV/gja
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