BRUSELAS, 11 (EUROPA PRESS)
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha declarado este jueves ilegal la normativa española que obliga a los fondos de pensiones y entidades aseguradoras de otros Estados miembros que quieran trabajar en España a designar un representante fiscal residente.
El fallo da parcialmente la razón a la Comisión Europea, que presentó una denuncia contra España por considerar que esta exigencia vulnera la libre prestación de servicios. No obstante, el Tribunal ha dictaminado que la legislación española sí está justificada en el caso de los fondos de pensiones y entidades aseguradoras extracomunitarios.
En su defensa, España alegó que la exigencia de designar un representante fiscal residente responde a las necesidades de llevar a cabo un control fiscal eficaz, de luchar contra el fraude fiscal y de garantizar una recaudación eficaz del impuesto.
Sin embargo, el fallo del TJUE considera que "la normativa española va más allá de lo necesario para conseguir los objetivos perseguidos" y ve "suficientes los mecanismos instrumentados por el derecho de la Unión para llevar a cabo un control fiscal eficaz y luchar contra el fraude fiscal, así como para facilitar la recaudación del impuesto sobre la renta".
En cuanto a los fondos de pensiones y las aseguradoras extracomunitarios, el Tribunal concluye que "no cabe considerar que la Comisión haya probado que la obligación de designar un representante fiscal con residencia en España vaya más allá de lo necesario para alcanzar el objetivo de garantizar la eficacia de los controles fiscales y de la lucha contra la evasión fiscal en el caso de los Estados con los que no se haya firmado un tratado bilateral a estos efectos".
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