MADRID, 10 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Supremo ha avalado la capacidad que tiene la Agencia Tributaria para requerir una serie de datos de ciertas cuentas bancarias a Banco Santander con el fin de comprobar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes.
En concreto, el jefe de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude requirió a la entidad información sobre cuentas bancarias que en los ejercicios 2006 y 2007 hubiesen tenido un importe total anual por suma de apuntes en el 'haber' de más de tres millones de euros.
Así, pedía al banco que especificara el NIF de la entidad declarante, el código de cuenta cliente y el importe total anual de la suma de apuntes al 'haber' efectuados en la cuenta. La entidad, disconforme con el requerimiento, interpuso una reclamación ante el Tribunal Económico-Administrativo Central, que la desestimó en junio de 2009.
Contra esta resolución, el SANTANDER (SAN.MC)interpuso un recurso ante la Audiencia Nacional, que también fue rechazado. En última instancia, recurrió esta decisión al Supremo, que ha avalado el requerimiento de datos que en su día hizo Hacienda.
La Sala señala en la resolución judicial que los datos que se solicitaron en el requerimiento permitían a la Inspección "comprobar el cumplimiento de sus obligaciones por los contribuyentes afectados".
Destaca además que la facilitación de los mismos es "obligada", debido a que se trata de datos de los que la entidad dispone y que resultan de las operaciones desarrolladas con las personas con las que se ha relacionado económica, profesional y financieramente.
Por ello, desestima el recurso del Santander y le impone el pago de las costas procesales, si bien lo limita a la cantidad máxima de 8.000 euros.
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