BARCELONA, 23 (EUROPA PRESS)
Las entidades financieras deberán presentar entre el 1 y el 20 de octubre la primera autoliquidación del impuesto catalán sobre los depósitos de las entidades de crédito, concretamente la correspondiente al ejercicio 2013, según el reglamento del tributo, que ha aprobado este martes la Generalitat.
El reglamento determina los aspectos de procedimiento y de gestión del impuesto que el Govern creó el 18 de diciembre de 2012 y el Parlament convalidó el pasado 4 de abril, ha recordado en rueda de prensa el portavoz de la Generalitat, Francesc Homs.
Tras este primer año excepcional por cuestiones de calendario de aprobación de la normativa, las entidades financieras deberán autoliquidar el tributo entre el 1 y el 20 de mayo del año siguiente a cada ejercicio.
Las entidades podrán fraccionar el pago en dos partes: el 50% en mayo y el otro 50% entre el 1 y el 20 de noviembre del mismo año.
El reglamento también despliega el régimen de deducciones de la cuota previstas por la ley para las sucursales, como por ejemplo las previstas para oficinas en municipios de menos de 2.000 habitantes, tomando como referencia los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE).
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