Economía

El Gobierno mantendrá los cheques comida en las bases de cotización

  • Los pagos en especie se valorarán por el coste medio para el empresario

El Consejo de Ministros ha confirmado hoy la inclusión en la base de cotización a la Seguridad Social de conceptos como vales o cheques de cualquier tipo que se entregan al trabajador (como los de comida) así como aportaciones a planes de pensiones.

Además, se ha ampliado desde el 31 de julio al 30 de septiembre el plazo para que tienen las empresas para la liquidación e ingreso de la cotización correspondiente a las primeras mensualidades afectadas tras la modificación del Reglamento general sobre cotización y liquidación de otros derechos de la Seguridad Social.

En cuanto a las percepciones en especie, se valorarán por el coste medio que suponga para el empresario la entrega del bien, derecho o servicio, salvo en los supuestos siguientes.

Otros criterios de valoración

En concreto, la prestación de determinadas enseñanzas y servicios educativos por centros educativos autorizados a los hijos de sus empleados, con carácter gratuito o por precio inferior al normal de mercado, servicio de guardería para los hijos de sus empleados.

También la utilización de una vivienda, propiedad o no del empresario, o la utilización o entrega de vehículos automóviles, cuya valoración se efectuará en los términos ya previstos en la normativa fiscal, con lo cual en la práctica no se producen cambios respecto a la legislación anterior.

Los préstamos concedidos a los trabajadores con tipos de interés inferiores al legal del dinero, que se valorarán por la diferencia entre el interés pagado y el referido interés legal vigente en el respectivo ejercicio económico, en línea con la regulación establecida en el artículo 43 de la Ley del IRPF, con lo cual en la práctica tampoco se producen cambios respecto de la legislación ant

Otras percepciones dinerarias que se incluirán son acciones o participaciones entregadas por los empresarios; primas o cuotas satisfechas a entidades aseguradoras para la cobertura de sus trabajadores; y contribuciones satisfechas a planes de pensiones, que se integrarán en la base de cotización por la totalidad de su importe.

En cuanto a los conceptos que no se computarán en la base de cotización, se incluyen los gastos de manutención y estancia, así como los gastos de locomoción, cuando correspondan a desplazamientos del trabajador fuera de su centro habitual de trabajo para realizar el mismo en lugar distinto, en los términos establecidos en la normativa fiscal.

Tampoco las indemnizaciones por fallecimiento y las correspondientes a traslados, suspensiones, despidos y ceses, en los términos previstos; ni las prestaciones de la Seguridad Social y las mejoras de las prestaciones por incapacidad temporal concedidas por las empresas.

Asimismo, se excluyen las asignaciones destinadas a satisfacer gastos de estudios del trabajador dispuestos por instituciones, empresarios o empleadores y financiados directamente por ellos para la actualización, capacitación o reciclaje de su personal, cuando vengan exigidos por el desarrollo de sus actividades o las características de los puestos de trabajo.

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Comentarios 4

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DAVID
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Que asco de govierno, cebandose con las clases medias.....MAFIA PP

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#1
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CUARTO PLAZO QUE DAN!!.

31-03 . . . 31-05 . . . .31-07 . . . 30-09 . . . . CONTINUARA.

"EL LUMBRERAS" AL QU SE LE OCURRIO SEMEJANTE DESATINO (PARTIR UNA NÓMINA EN DOS EN DICIEMBRE DE 2013) CREO QUE ESTí LLAMADO A SER UN NUEVO MANDAMAS DE LOS ALTOS ORGANISMOS ECONOMICOS INTERNACIONALES.

EN SERIO . . . SI NACE MAS TONTO NO NACE. MENUDA HA ORGANIZADO CON LOS AJUSTES QUE HAY QUE HAER EN LAS NOMINAS DE DICIEMBRE.

Puntuación 3
#2
nemo
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H0stion de los gordos no solo las empresas de los tickets, sobre todo a la hostelería, ahora veremos tapers donde antes había menús en un local.

Puntuación 4
#3
que listo es
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Y los coches oficiales??? Esos no entran verdad??? Au Montoro que listo eres, que lo tuyo no lo tocas.

Puntuación 4
#4