La Unión General de Trabajadores (UGT) ha denunciado la Ley de Mutuas aprobada por el Consejo de Ministros al considerar que "culpabiliza" al trabajador y supone una privatización del sistema sanitario público y ha lamentado que la norma haya salido adelante sin informar ni consultar a los sindicatos.
MADRID, 20 (EUROPA PRESS)
En un comunicado, UGT ha subrayado su oposición rotunda a una ley "innecesaria" que "culpabiliza" a los trabajadores "por el simple hecho de estar enfermo" y que constituye "un nuevo ataque directo a los derechos básicos de los ciudadanos".
Entre otros puntos, el sindicato recalca que "no es riguroso" plantear como un problema de "absentismo injustificado" cuando el informe que el Ejecutivo ha usado para comparar España con otros países como Finlandia o Canadá --"que no es de nuestro entorno ni tienen un sistema de protección social como el nuestro", señala UGT-- dice expresamente que el problema del absentismo en España no es grave.
Igualmente, advierte que considerar el silencio administrativo como positivo en las propuestas de alta "provocará que los trabajadores se incorporen enfermos a sus puestos de trabajo", por lo que se producirá "un mayor presentismo y menor productividad y competitividad en las empresas". "¿Qué va a pasar con los trabajadores con enfermedades crónicas? ¿ los trabajadores que contraigan enfermedades infecto-contagiosas y atiendan directamente a ciudadanos?", se pregunta al respecto.
También arremete contra los denominados recursos ociosos al considerar que son "un argumento para privatizar". "No es posible que mientras el Sistema Público de Salud está cerrando plantas hospitalarias y los profesionales sanitarios incrementando las cifras de desempleo, por la falta de presupuesto, se consienta esta la privatización del Sistema Sanitario Público, derivando a cualquier ciudadano a un hospital gestionado por una Mutua, o a un hospital privado subcontratado por ella para hacer pruebas diagnósticas, aumentando de manera considerable los costes", alega.
Recuerda, asimismo, que el Estatuto de los Trabajadores ya regula las ausencias al trabajo no justificadas en su artículo 52.2.d, conllevando en determinados casos, incluso al despido objetivo del trabajador y que existe una sentencia del Tribunal Constitucional que establece que "la inactividad de la Administración en modo alguno puede colocarla en mejor situación que si hubiera cumplido con su deber de dictar y notificar la correspondiente resolución expresa".
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