MADRID, 22 (EUROPA PRESS)
El Consejo de Ministros ha autorizado este viernes la aplicación del Fondo de Contingencia de 9,5 millones de euros para un suplemento de crédito destinado al pago de una multa coercitiva derivada de la ejecución de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, relativa a la recuperación de las ayudas declaradas ilegales concedidas por el Gobierno español y varias comunidades autónomas a Magefesa, fabricante de artículos de menaje de acero inoxidable y de pequeños electrodomésticos.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) condenó en diciembre del año pasado a España a pagar una sanción de 20 millones de euros por incumplir una sentencia de 2002 que le obligaba a recuperar unas ayudas públicas ilegales concedidas al grupo de electrodomésticos Magefesa. Además, la multa aumentaría en 50.000 euros al día hasta que se devuelvan estas subvenciones.
El importe de la multa se fijó, según refleja la sentencia, atendiendo "a las circunstancias y proporcionada al incumplimiento declarado y la capacidad de pago de España". En este sentido, el Tribunal de Justicia pone de relieve la duración y la gravedad del incumplimiento.
"Por un lado, el incumplimiento perdura desde hace más de diez años a partir de la fecha en que se dictó la primera sentencia del Tribunal de Justicia, y más de veintidós años desde la adopción de la decisión de la Comisión", señala el fallo.
"Aunque España haya emprendido muy recientemente una serie de actuaciones que acreditan una voluntad seria de poner fin al incumplimiento considerado, esas actuaciones sólo han tenido lugar poco antes de la fecha de la interposición del recurso ante el Tribunal de Justicia y, en lo esencial, después de esa fecha. Por tanto, España no ha dado muestras de la diligencia exigible durante muchos años", subraya.
Además, el Tribunal de Justicia estima que "la ejecución de la sentencia de 2002 no debía tropezar con dificultades importantes, ya que el número de los beneficiarios de las ayudas ilegales en cuestión era pequeño, habían sido identificados nominativamente y se precisaban las cantidades que debían recuperarse".
La decisión inicial de la Comisión se remonta a 1989, cuando estableció que los préstamos en condiciones distintas de las del mercado, las subvenciones no reembolsables y las bonificaciones concedidas a Migasa, Gursa, Cunosa e Indosa -las cuatro sociedades que forman Magefesa- no se ajustaban a las normas de la UE sobre ayudas estatales y reclamó a España que recuperara la ayuda ilegal.
El Tribunal General de la UE dio la razón al Ejecutivo comunitario en su sentencia de 2002. Durante el año 2006, la Comisión consideró que la sentencia había sido ejecutada en relación con Gursa, Migsa y Cunosa, pero no en el caso de Indosa, establecida en el País Vasco.
Esta empresa no sólo no devolvió las ayudas, sino que prosiguió su actividad, posteriormente a través de su filial Compañía de Menaje Doméstico y en la actualidad con una empresa fundada por sus antiguos trabajadores, Euskomenaje. Por ello la Comisión presentó un nuevo recurso ante la justicia europea en 2010.
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