El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el recurso presentado por el PSOE contra del decreto de marzo del Gobierno de protección a los titulares de determinados productos de ahorro e inversión y otras medidas de carácter financiero.
MADRID, 24 (EUROPA PRESS)
Según la providencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, se ha dado traslado de la demanda y de los documentos presentados al Congreso de los Diputados, al Senado y al Gobierno para que puedan personarse en el proceso en un plazo de quince días y poder formular las alegaciones que estimen convenientes.
El pasado 24 de junio el PSOE presentó un recurso ante el Tribunal Constitucional (TC) contra el Decreto-ley que fija quitas a los afectados por las preferentes porque lo consideraban una decisión "política, injusta y errónea".
Los socialistas entienden que con la puesta en marcha de este Decreto-ley se avala el acuerdo del Gobierno para imponer quitas a los titulares de preferentes y deuda subordinada, que alcanza hasta el 70% del valor, el 90% cuando tienen que ir a un proceso de conversión de acciones de forma obligatoria.
Según el PSOE, el Real Decreto de ley 6/2013, de 22 de marzo, es el número 36 de los dictados por el Gobierno en quince meses de mandato, y fue recurrido por "incumplir los requisitos del artículo 86.1 de la Constitución".
El Gobierno aprobó el 22 de marzo un decreto en el que se establecía la constitución de una Comisión de seguimiento que tendría como función principal detallar los criterios básicos que las entidades nacionalizadas (Bankia, Novagalicia Banco y Catalunya Caixa) deberían ofrecer a sus clientes en los arbitrajes de preferentes y deuda subordinada.
Tras seleccionar los criterios, las entidades ofrecieron a los preferentistas la posibilidad de acogerse a un procedimiento de arbitraje. Previamente, los clientes de las tres entidades sufrieron una quita mediante un canje por acciones.
En el caso de Bankia, la quita media fue del 38% para las preferentes, del 36% para la deuda subordinada perpetua, y del 13% para la subordinada con vencimiento. Para Novagalicia, la quita se estableció en el 43% en las preferentes, en el 41% en la deuda subordinada perpetua y en el 22% en la subordinada con vencimiento.
En el caso de Catalunya Banc el recorte para los tenedores de preferentes fue del 61%. En deuda subordinada perpetua se estableció en el 40% y en deuda con vencimiento en el 15%.
Además, si los clientes de Novagalicia y Catalunya Banc querían canjear sus híbridos por acciones para luego venderlas al Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) y lograr liquidez, deberían asumir una quita adicional del 13,8%.
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