Economía

El futuro Código Mercantil entrará en vigor en 2015

  • Incluye gran número de operaciones y contratos sin regular hasta ahora

El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, espera que el texto del futuro Código de Mercantil esté concluido antes de que se dé por finalizada la legislatura actual en noviembre de 2015.

El contenido del Código se basa en el principio constitucional de unidad de mercado en España y su contenido no es totalmente nuevo, puesto que incluye normas en vigor, que sufren escasos cambios, como las normas sobre contabilidad, el contrato de agencia o los contratos publicitarios, tal y como informa hoy en un amplio informe Iuris&Lex, la revista jurídica digital del diario elEconomista.

Hasta diciembre de 2013 será posible presentar propuestas al Ministerio para mejorar la propuesta realizada por la Comisión de Codificación del Ministerio de Justicia.

La mayor parte del Código incluye la regulación de materias que carecían de normativa aplicable y que, por lo tanto, constituyen una novedad en el ordenamiento jurídico. Así, por ejemplo, es nueva la regulación sobre la empresa y las operaciones que ésta realiza, la representación, la competencia desleal y la defensa de la libre competencia, la inclusión de varios artículos sobre la propiedad industrial.

Nuevos tipos de contratos

Son nuevos los distintos tipos de contratos, como los de distribución, suministro, franquicia, mediación, contrato de obra por empresa, prestación de servicios mercantiles, operaciones sobre bienes inmateriales, turísticos, prestación de servicios electrónicos, contratos bancarios y financieros y de operaciones en el mercado de valores.

Junto a las líneas generales sobre contratación se explicitan las distintas fases de la relación contractual, la morosidad y las nuevas tecnologías en la contratación mercantil. Se incluyen las formas especiales de celebración de contratos mercantiles, que las nuevas tecnologías y la práctica han consagrado en los últimos años. Se incluye un amplio número de contratos entre los que se añaden supuestos para los que se ha redactado un régimen jurídico nuevo y otros que se regulan por primera vez.

Se trata de un Código que consta de siete Libros y un Título Preliminar y que se divide en un total de 1.945 artículos, elaborado por 65 especialistas, entre los que destacan profesores como Sánchez Calero, Rojo, Paz-Ares, Gispert, Gallego, Vergez, Iglesias, Duque o Roldán, siguiendo la tradición de la moderna Escuela de Derecho Mercantil (fundada por los profesores Joaquín Garrigues y Rodrigo Uría), bajo la dirección del profesor Alberto Bercovitz.

Un aspecto importante a tener en cuenta, remarcó ayer Bercovitz en la presentación del Código, es que todas estas figuras se refieren a operaciones entre operadores de mercado y no con consumidores.

Hay otras materias que ya están reguladas, pero sobre las que se realiza un cambio tan profundo que es prácticamente como si fueran materias nuevas, tal y como ocurre con la regulación de la compraventa o con los contratos de depósito, de seguro o de transporte. En algunos casos, como ocurre con el transporte terrestre de mercancías o con las normas sobre cuentas anuales, aunque durante el periodo de codificación -desde 2006- han entrado en vigor leyes que los regulan, se ha decidido incluirlas en el Código, respetando el texto original, pero incluyendo las actualizaciones que se han considerado necesarias.

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